Reformas a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Obliga a los vehículos que transiten en caminos y puentes federales a contar con un seguro de daños a terceros

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La Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicó en el DOF del 21 de mayo, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

El decreto dispone que todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales deberán contar con un seguro que garantice a terceros los daños que podrían ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción del vehículo. La contratación del seguro será responsabilidad del propietario del vehículo.

A partir de la entrada en vigor del decreto, a los propietarios de vehículos que no cuenten con un seguro de daños a terceros se les impondrá una multa de 20 a 40 días de SMG vigente en el Distrito Federal.

La publicación en comento entrará en vigor...

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