¿Se puede instalar un anuncio denominativo en un local comercial ubicado en el DF?

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Soy representante legal de una empresa que se dedica a la venta y distribución de telefonía móvil. Como parte de una estrategia de mercadotecnia, la compañía pretende instalar un anuncio denominativo en el local comercial que tenemos en el DF, con nuestro nombre comercial y logotipo, a fin de que los clientes que nos contactan por Internet o por teléfono puedan identificar con facilidad el negocio al recoger sus productos. Quiero saber si no tendremos algún problema al colocar el anuncio.

Lector de México, DF

Pregunta

¿Se puede instalar un anuncio denominativo en un local comercial ubicado en el DF?

Respuesta

Sí, pues el artículo 23 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal establece lo siguiente (énfasis añadido):

23. Los anuncios denominativos sólo podrán instalarse en las edificaciones o locales comerciales donde se desarrolle la actividad de la persona física o moral que corresponda al anuncio.

Sólo se podrá instalar un anuncio denominativo por edificación o local comercial, salvo en los inmuebles ubicados en esquina o con accesos por diversas calles o vialidades, en estos supuestos podrá instalarse un anuncio por cada fachada con acceso al público, los cuales deberán tener dimensiones uniformes entre sí.

Según se...

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