Proyecto de Acta Constitucional, presentada al Soberano Congreso Constituyente por su Comisión. México, 19 de noviembre de 1823

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1823
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México, 19 de noviembre de 1823
SEÑOR,
La Comisión encargada de formar y presentar
al Congreso un proyecto de Constitución, que
haya de fijar para siempre la suerte de seis millo-
nes de hombres libres que habitan las provincias
mexicanas, y elevarlos al grado de prosperidad a
que los llama la naturaleza, y el rango de indepen-
dencia, libertad y gloria que demanda imperiosa-
mente su estado de civilización, y sus esfuerzos
heroicos, continuados por trece años para llegar a
este término feliz, ha reconocido desde su primer
paso, la suma inmensa de dificultades que a pri-
mera vista se presentan para desempeñar como
corresponde a tan interesante objeto sus deberes,
y habría desconfiado enteramente de poder lle-
narlos, si no estuviera convencida de que la mano
misma que ha puesto a su cargo empresa de eje-
cución tan difícil, ha de ser la que con sus esfuer-
zos patrióticos y con su profunda sabiduría y con-
sumada prudencia, de la última perfección a la
grande obra de una Constitución digna de la Na-
ción Mexicana.
Fiaba además una gran parte del cierto a la
concurrencia de las luces y consejo del gobierno,
comunicados por medio de sus secretarios del
Despacho, quienes en efecto han asistido desde
el principio de las sesiones diurnas y nocturnas
de la Comisión, y también de las de otros patrio-
tas, que aunque fuera del Congreso y difundidos
en las provincias por su ilustración y sus virtu-
des, hacen el ornamento más ilustre de la Nación
Mexicana.
Entonces fue que cobrando ánimo con la pre-
sencia de auxilios tan poderosos, se atrevió a
sentar con firmeza el pie, y a poner manos a la
obra, y fijando altamente su atención en el estado
político de la Nación, creyó de su primer deber
poner al Congreso Constituyente la necesidad
imperiosa y urgente de dar luego un punto cierto
de unión a las providencias: un norte seguro al
Gobierno General, comunicándole al mismo tiem -
po toda la autoridad, actividad y energía necesa-
rias para ase gurar la Independencia nacional, y
consolidar la libertad por modos compatibles con
la seguridad de las leyes, y a los pueblos una
garantía natural, y por eso la más firme del uso
de sus imprescriptibles derechos, usurpados
por tres siglos, y rescatados por una guerra de
trece años.
En tal concepto, y agitada de tan nobles y tan
justas ideas, habría querido dedicar inmediata-
mente sus tareas a formar el proyecto de Consti-
tución; más la naturaleza misma de esta obra, y
más que todo, la necesidad imperiosa de dar vida
y salvar de una vez la Nación casi disuelta, y ya
sin un movimiento regular, la han conducido al
caos de decidirse a proponer este proyecto al Con-
greso para su deliberación: una Acta Constitutiva
de la Nación Mexicana, que sirviéndole de base
para su ulteriores trabajos, diese desde luego a
las provincias, a los pueblos, y a los hombres
que las habitan, una garantía firme del goce de
sus derechos naturales y civiles, por la adopción
definitiva de una forma determinada de gobierno,
*Fuente: Derechos del Pueblo Mexicano. México a través de sus constituciones, México, Miguel Ángel Porrúa-Cámara de Diputados del H.
Congreso de la Unión, LXIII Legislatura, 8a. ed., sección segunda, vol. I, t. I, 2016, pp. 408-417.

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