¿La protección diplomática o consular Es un derecho humano?

AutorVíctor Emilio Corzo
Páginas22-24

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Por alguna extraña razón, en la psique colectiva siempre existe el paradigma de que las instituciones internacionales —o nacionales que se ubican en el extranjero— son más efectivas o cuentan con mayores recursos en comparación con sus contrapartes nacionales. Desafortunadamente dicho paradigma ha convertido a esas instituciones en víctimas de su propia reputación. No hay que hacer mucha memoria para recordar que siempre se acusa a las Naciones Unidas de inacción para detener conflictos armados o ayudar en caso de catástrofes, obviando de esta forma su verdadera realidad: no decide de manera autónoma, sino bajo consenso de los propios Estados que la integran.

De igual forma, se cree equivocadamente que las Naciones Unidas es un organismo con autoridad supranacional capaz de imponer su voluntad sobre las soberanías nacionales, para regular temas de la competencia interna de los Estados.

Si bien es cierto que el Consejo de Seguridad puede llegar a tener dicha facultad con base en el capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, también lo es que dicha capacidad de actuación solamente se da en caso de “amenazas en contra de la paz” mundial. Tal como lo dijo el secretario general de las Naciones Unidas, Dag Hammarskjöld, “las Naciones Unidas no fue creada para llevarnos al cielo, sino para salvarnos del infierno”.

Lo anterior aplica perfectamente para la protección diplomática o la asistencia consular, que fueron creadas como potestad del Estado para verificar que en el extranjero se respeten los derechos de sus nacionales. Sin embargo, la autodefinición de dichas instituciones se ha distorsionado en el camino, llegándose al extremo de afirmar que éstas no sólo son facultades sino obligaciones del Estado y, por ende, un derecho exigible por el individuo.

Evolución de la labor consular

La labor consular es una de las actividades más antiguas en las relaciones internacionales y desde su inicio su principal función ha sido proteger los intereses de los nacionales del Estado en el extranjero. Contrario a la raison d’être actual, mediante la cual se busca “proteger [a] los ostensiblemente más débiles y vulnerables”, en un inicio la labor de los cónsules estaba orientada a proteger a sus comerciantes en el extranjero. A pesar de que en la actualidad todavía se puede argumen-

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tar que la protección consular sigue amparando los intereses comerciales o las inversiones económicas...

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