El Infonavit informa la eliminación de la proporcionalidad en la retención y entero de descuentos en los créditos de vivienda

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El 25 de abril, el Infonavit dio a conocer para los patrones interesados, mediante correo electrónico, un comunicado con el título siguiente: "Eliminación de la proporcionalidad en la retención y entero de descuentos".

El comunicado es el siguiente:

Asunto: Eliminación de la proporcionalidad en la retención y entero de descuentos.

Estimado empresario:

En afán de mejorar el cumplimiento de pagos de amortizaciones de crédito en beneficio de los trabajadores, te informamos que -con base en el Artículo 47 del Reglamento- las retenciones correspondientes a créditos en Tasa Fija o en Pesos, deberán ser realizadas sin considerar reducciones proporcionales por efectos de incapacidad y ausentismo del trabajador.

Esto aplica a partir del tercer bimestre de 2012 (mayo-junio) derivado de las modificaciones al Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado 10 de febrero.

Lo anterior operará sólo tratándose de trabajadores con salario base de aportación mayor a un salario mínimo y cuyas percepciones en el periodo, después de aplicar los descuentos de ley con precedencia sobre la amortización, alcancen a cubrir al menos parcialmente el monto de la amortización.

Adicionalmente, te informamos que para el pago correspondiente al tercer bimestre mencionado, que vencerá el 17 de julio, el Sistema Unico de Autodeterminación (SUA) habrá sido modificado (Versión 3.3.4) de acuerdo a lo descrito en el párrafo anterior, de manera que dicho sistema ya no realizará el cálculo automático de reducción de amortización por efectos de ausentismo e incapacidad, situación que también será considerada de manera acorde para la determinación de diferencias y emisión de requerimientos.

Contamos con tu colaboración en la implantación de esta medida, que redundará en beneficio de tus trabajadores acreditados al evitar que por efectos de pagos incompletos de amortizaciones de crédito, se generen intereses adicionales. Para dudas, aclaraciones o asesoría, dirígete a Atención y Comunicación Empresarial , en el portal www.infonavit.org.mx, sección Empresarios, menú en Servicios en línea.

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Al respecto, mediante el comunicado 2012-7/CR...

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