Propiedad intelectual en Brasil: líneas principales

AutorMariana de Araújo Mendes Lima
Cargo del AutorInvestigadora en el Centro de Estudios de los Tribunales Internacionales en la Universidad de São Paulo
Páginas177-198
Mariana de Araújo Mendes Lima*
Propiedad Intelectual en Brasil:
líneas principales
SUMARIO: I. Introducción. II. Derechos de
Autor. III. Propiedad Industrial. IV .Derecho
Sui Generis. V. Conclusiones VI. Bibliografía.
I. Introducción
Los derechos de propiedad intelectual son los derechos que se les otorgan a
los inventores o creadores cuyo objetivo es compensarlos por los esfuerzos en
el desarrollo de un nuevo producto o una pieza de arte. Tales esfuerzos pueden
variar desde el tiempo en que uno dedica a fin de pintar una obra de arte, o los
millones de dólares gastados por una empresa en investigaciones para un nue-
vo medicamento.
El autor puede ser alguien que necesita del reconocimiento financiero por
su trabajo con el fin de ser capaz de sobrevivir con dignidad. También, el
creador puede ser una empresa de nivel internacional que gestionará sus in-
versiones basadas en la posibilidad de obtener beneficios de los nuevos des-
cubrimientos. El hecho es que los esfuerzos humanos para crear o innovar
deben ser recompensados. La solución proporcionada por el sistema de dere-
chos de propiedad intelectual es la garantía de que los derechos de explota-
ción de dichas creaciones pertenecen exclusivamente a sus creadores, a quien
se le permite otorgar licencias o asignar esta exclusividad.
Sin embargo, con respecto a los diferentes aspectos de los derechos de
propiedad intelectual, la protección debe ser concedida de acuerdo con la na-
MARIANA DE ARAÚJO MENDES LIMA
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*Graduada en Derecho por la Universidad de Sao Paulo. Investigadora en el Centro de Es-
tudios de los Tribunales Internacionales en la Universidad de Sao Paulo. Miembro de la Aso-
ciación Brasileña de la Propiedad Intelectual - ABPI. Miembro de la Asociación International
para la Protección de la Propiedad Industrial - AIPPI. Abogada.
turaleza de la creación. En Brasil, la propiedad intelectual se divide en Dere-
chos de Autor, Propiedad Industrial y algunos derechos sui generis.
La primera parte de este capítulo, dará información general sobre los
Derechos de Autor. Hay que tener en cuenta que, debido al hecho de que
Brasil adoptó el sistema Francés de protección de los derechos de autor y
no el Sistema de Derechos Americano, la terminología empleada en refe-
rencia a estos derechos será “Derechos de Autor”, a pesar del hecho de que
los derechos relacionados,1y los derechos sobre el software pertenecen a la
misma categoría.
Después se explicará superficialmente cuatro temas diferentes del sistema
de protección de la Propiedad Industrial: patentes, diseño industrial, marcas e
indicaciones geográficas.
La tercera parte señalará brevemente los derechos sui generis, tales como
variedad de plantas, conocimientos tradicionales y manifestaciones folclóri-
cas, y topografía de los circuitos integrados, y los instrumentos jurídicos co-
rrespondientes.
La conclusión resumirá el contenido de este capítulo y relacionará la pro-
tección de la Propiedad Intelectual en Brasil a los Tratados Internacionales re-
lacionados a este tema.
II. Derechos de Autor
Los derechos de autor nacieron con el fin de conceder alguna retribución
económica a los editores y originalmente no tenían el objetivo de proteger
a los autores. Esta es la razón por la que fueron originalmente llamados
“derechos de copia”; fueron derechos relacionados a la creación y no a su
autor. Algunos países, como los Estados Unidos de América, adoptaron
este modelo.
La preocupación en cuanto a los derechos de los autores de obras artísti-
cas, literarias y creaciones científicas fue desarrollada inicialmente en Francia.
La idea de que una obra de arte está profundamente ligada a su autor, como
parte de su propia personalidad, condujo a la construcción doctrinaria de un
nuevo espectro de “derechos de copia”: los derechos de autor. De acuerdo con
esta nueva posición, los derechos relacionados con una creación estética de-
ben ser concedidos a su autor, y no al editor o productor.
Brasil adoptó esta segunda perspectiva: los derechos de autor en Brasil se
conceden a los autores y, en el caso de la creación colectiva, a cada uno de los
autores implicados en la creación.
PROPIEDAD INTELECTUAL: LÍNEAS PRINCIPALES
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1Concedido a los Artistas.

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