La clasificación de productos y servicios

AutorMauricio Jalife Daher
Páginas48-59
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la clase 25 (vestuario), con la denominación ELEGANCE, la cual, comercialmente, únicamente es
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ajena a la titular pretendiera el registro para la denom inación ELEGANZA, para uno de los
productos de la misma             
recurrir el solicitante es el que consiste en el hecho de que por espacio de cierto número de años,
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comercializa en anaqueles y/o tiendas diferentes, por lo que no existe posibilidad alguna de que se
puedan confundir.
El anterior argumento es sugestivo, pero no puede olvidarse que el titular del registro de la marca
ELEGANCE, legalmente tiene la facultad de usar su marca en cualquier momento que lo decida,
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del registro a la empresa solicitante.
Finalmente, un aspecto importante a considerar en este contexto, es la tesis de
jurisprudencia recientemente emitida por el Poder Judicial, en la que se determina que se
acepta de una manera general como consumidor promedio a aquel capaz de apreciar
globalmente los signos marcarios, que está normalmente informado y es razonablemente
atento y perspicaz, no obstante que rara vez puede comparar pormenorizadamente las
marcas que se le presentan cotidianamente en el mercado, y regularmente confía en la
imagen imperfecta de su memoria para distinguirlas, ya que su apreciación de un signo
varía según se trate de una marca especializada o de una popular, o bien, de una genérica
respecto de otra incipientemente conocida.
CAPITULO IV
LA CLASIFICACION DE PRODUCTOS Y SERVICIOS
¿Al solicitar el registro de una marca, deben indicarse con exactitud los productos o
servicios que se distinguen o distinguirán con la misma?
Antes de las reformas de 1994, la Ley de la Materia establecía que las marcas debían registrarse
con relación a productos, clases de productos o servicios determinados o clases de servicios, según
la clasificación oficial.
Lo que el legislador pretendía, a partir de las reformas, era que las marcas se registrarán en
relación con productos o servicios determinados según la clasificación que establezca el
Reglamento, aboliendo la práctica tradicional de solicitar el registro de una marca para toda la
clase o grupo de productos o servicios, aún y cuando la marca únicamente fuese empleada para
distinguir alguno o algunos de tales productos o servicios.
La intención del legislador al adoptar este sistema, común en las legislaciones de marcas en otros

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