Productividad y derecho laboral

AutorJulio Cesar García García
CargoEx Ayudante de profesor 'A' en el Área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social del Departamento de Derecho de la Universidad Autónoma Metropolitana, Azcapotzalco.
Páginas91-102
Productividad y derecho laboral
Julio Cesar García García *
l in México, el inundo del trabajo presenta actualmente elementos
novedosos, los cuales no están reconocidos ni regulados en la
legislación laboral y sin embargo, es con base en estas novedades
laborales que hoy día se desarrollan gran parte de las actividades de
producción en las empresas. El más importante de estos nuevos
elementos es la productividad, el cual ha adquirido una importancia,
a partir de la intención y esfuerzos del Pistado, de lo
s empresarios y
de los trabajadores por adoptar una cultura de la productividad, al
interior de las empresas, en las cuales hoy día se manejan conceptos
tales como: convenios de productividad, sistemas de remuneración
por rendimiento, bonos por productivid
ad, programas de capacitación
y productividad, etc.; los cambios, efectos e implicaciones jurídicas
que ha acarreado la productividad en el ámbito laboral mexicano, son
objeto del presente análisis.
In México, labour wor/d has shown new carachteristics, wh
ich are nal. fully
recognizaed, nal even regidated in labor law. Nevertheless, 011 their
ground, most of production activities are developed nowadays. The most
important, among this new characterislics is "productivity", which has
acquired a paramounl role
since síate, entrepreneurs and workers try to
foster a culture of productivity within enterpreses s labour etivironment.
This "culture " includes productivity agreements, high wages iitiked to rotes
of production, trainingprograms, umong others. Al/ legal
new situation in tlie mexican labor realm are the interest oflhis article.
La función principal o inmediata del Derecho del Trabajo es
la regulación jurídica de las relaciones de trabajo, más su
objeto, propiamente dicho, es más exten
so. El objeto del
derecho del trabajo en un sentido amplio es:
La regulación de la actividad profesional que es ejecutada
en masa, aquella que se realiza en el seno de
organizaciones en las cuales se aportan y coordinan los
esfuerzos y las prestaciones lab
orales de varios
trabajadores.1
Así, partiendo del planteamiento inicial de que el objeto del
Derecho del Trabajo es la regulación jurídica de todos los
aspectos que entrañan las relaciones sociales que se
desarrollan en los centros de produc
ción, así
como las funciones de los trabajadores, tanto
directivos como operarios, es necesario reconocer y
destacar que tanto los procesos productivos, como las
funciones de los trabajadores, históricamente han ido
cambiando y se han modificado de acuerdo con la
evolución propia de los sistemas económicos dominantes.
Efectivamente, las relaciones sociales de producción se
caracterizan por su dinamismo, el cual deriva no sólo de la
interacción de los elementos internos de la empresa, sino
también por elementos extemo
s que las influyen y
condicionan (aspectos, sociales, políticos, económicos y
jurídicos).
La evolución natural de la forma en que se desarrollan los
procesos productivos y de la forma en que se relacionan
los sujetos que en ellos intervienen, es una caract
erística
inherente al desarrollo de las diversas sociedades; por
tanto cabría esperar, como lo apuntó el maestro Mario de la
Cueva2al hablar del
*
Ex Ayudante de profesor "A" en el Área de Derecho del Trabajo y de la
Seguridad Social del Departamento de De
recho de la Universidad Autónoma
Metropolitana, Azcapotzalco.
1. Santos, Azuela Héctor. "Derecho del Trabajo ". MeGraw-
Hill. México,
1998. p. 67.
2.
De la Cueva, Mario. "El Nuevo Derecho Mexicano del Trabajo", tomo
1. Porrúa. México. 1994.

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