Procedimientos para determinar el precio de transferencia

AutorHerbert Bettinger Barrios
Páginas33-40
PRECIOS DE TRANSFERENCIA 33
CAPITULO VI
PROCEDIMIENTOS PARA DETERMINAR
EL PRECIO DE TRANSFERENCIA
El procedimiento de configuración del precio de transferencia, tiene co-
mo propósito, asegurar que los sujetos pasivos reflejen la totalidad de los
ingresos generados en operaciones atribuibles tanto en las transacciones
controladas, como en las no controladas y prevenir la abstención del pago
del impuesto sobre la renta. El contribuyente que lleva a cabo operaciones
controladas debe ser tratado fiscalmente igual a aquel que efectúa actos
no controlados.
En el procedimiento para determinar ingresos, la regla aplicable en
todos los casos, es la de igualdad. Una operación controlada cumple con
la norma de igualdad si sus resultados son congruentes con los que se
habrían obtenido si contribuyentes no controlados, hubiesen celebrado la
misma operación bajo las mismas circunstancias “principio de igualdad”.
No obstante que en la mayoría de los casos no es posible contemplar
operaciones idénticas, el hecho de que una de éstas produzca un resul-
tado de igualdad, éste deberá ser determinado a través de operaciones
comparables en circunstancias similares. La evaluación para determinar si
una transacción controlada produce un resultado de igualdad, se efectúa
en base al método seleccionado y bajo la regla del mejor de éstos, como
se tratará más adelante.
La igualdad se obtiene a través de aplicar diversos métodos al tipo de
operación que se celebre, como es el caso de la transferencia de bienes,
servicios, préstamos o anticipos, entre otras. En consecuencia, debe ele-
girse el método o los métodos más apropiados para el cálculo de los resul-
tados bajo el “principio de igualdad”. Por ejemplo, si se prestan servicios
en relación con la transferencia de bienes, es posible o conveniente que se
utilice por separado un método aplicable al servicio y el otro a los bienes,
con el fin de determinar un resultado de igualdad.
El resultado de igualdad en una operación controlada debe determinar-
se de acuerdo con los hechos y las circunstancias que proporcionen una
solución confiable. Por lo tanto, no hay una estricta prioridad de métodos
y ningún método se considerará más confiable que otros. Un resultado
de igualdad puede determinarse de acuerdo con cualquier método sin
establecer la inaplicabilidad de otro, sin embargo si posteriormente se
demuestra que otro método produce un resultado más confiable, debe
usarse ese otro método. De manera semejante, si dos o más aplicaciones
de un solo método producen resultados distintos, el resultado de igualdad
debe determinarse según la aplicación que, de acuerdo con los hechos y
las circunstancias, proporcione la medida más confiable para un resultado
de igualdad.

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