Del Procedimiento seguido en forma de Juicio

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas1012-1014

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CAPÍTULO I Del Procedimiento
SECCIÓN I Del Emplazamiento

ARTÍCULO 80. Inicio del procedimiento

El procedimiento iniciará con el emplazamiento al o los probables responsables, con el dictamen de probable responsabilidad a que se refiere el artículo 79 de esta Ley.

ARTÍCULO 81. Partes en el procedimiento

Sonpartesenelprocedimiento seguidoenforma de juicio,el agente económico en contra de quien se emita el dictamen de probable responsabilidad y la autoridad investigadora.

ARTÍCULO 82. Coadyuvante de la autoridad investigadora en el procedimiento

Quien haya presentado la denuncia que dio inicio a la investigación será coadyuvante de la autoridad investigadora en el procedimiento seguido en forma de juicio, en los términos que determine el Estatuto Orgánico.

SECCIÓN II Del Desahogo del Procedimiento

ARTÍCULO 83. Tramité del procedimiento seguido en forma de juicio

El procedimiento seguido en forma de juicio se tramitará confor-mealosiguiente:

I. Una vez emplazado, el probable responsable tendrá acceso al expediente y un plazo de cuarentay cinco días improrrogables para manifestar lo que a su derecho convenga, adjuntar los medios de prueba documentales que obren en su poder y ofrecer las pruebas que ameriten algún desahogo.

El emplazado deberá referirse a cada uno de los hechos expresados en el dictamen de probable responsabilidad. Los hechos respecto de los cuales no haga manifestación alguna se tendrán por ciertos, salvo prueba en contrario. Lo mismo ocurrirá si no presenta su contestación dentro del plazo señalado en el párrafo anterior;

II. Con las manifestaciones del probable responsable, se dará vista a la autoridad investigadora para que, en un plazo máximo de quince días hábiles se pronuncie respecto de los argumentos y pruebas ofrecidas;

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III. Transcurrido el término que establece la fracción anterior, se acordará, en su caso, el desechamiento o la admisión de pruebas y se fijará el lugar, día y hora para su desahogo. El desahogo de las pruebas se realizará dentro de un plazo no mayor de veinte días, contado a partir de su admisión.

Son admisibles todos los medios de prueba, excepto la confesional y la testimonial a cargo de autoridades. Se desecharán aquéllos que no sean ofrecidos conforme a derecho, no...

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