Procedimiento: Licencia Temporal Por Lactancia Materna Para Servidoras Públicas De La Comisión De Derechos Humanos Del Estado De México

Páginas2-8
PROCEDIMIENTO: LICENCIA TEMPORAL POR LACTANCIA MATERNA PARA
SERVIDORAS PÚBLICAS DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE
MÉXICO.
OBJETIVO:
Otorgar licencia temporal por lactancia, posterior a la licencia por maternidad, a aquellas servidoras públicas
de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, que acrediten la práctica de la lactancia
materna efectiva a través del Certificado que para tal efecto emita el ISSEMYM.
ALCANCE:
Aplica al personal adscrito a la Dirección General de Administración y Finanzas, Dirección de Recursos
Humanos y Subdirección de Desarrollo de Personal y Subdirección de Control de Nómina responsables de
atender las solicitudes de licencia temporal por lactancia, así como a las servidoras públicas responsables de
gestionar ante el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios el certificado que acredite
la práctica de la lactancia materna efectiva.
REFERENCIAS:
Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna del Estado de México, Artículo 10,
fracción II. Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, 18 de diciembre de 2014, sus reformas y adiciones.
Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, Artículos 20, fracción
IX y 21 fracción XVIII. Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, 14 de febrero de 2017, sus reformas y
adiciones.
Manual General de Organización de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, apartado
VIII Objetivo y Funciones por Unidad Administrativa, numeral 400C1410000 Dirección de Recursos
Humanos. Periódico “Gaceta de Derechos Humanos”, junio de 2015, sus reformas y adiciones.
RESPONSABILIDADES
La Dirección General de Administración y Finanzas a través de la Dirección de Recursos Humanos, es
la unidad administrativa responsable de controlar y dar seguimiento a las licencias temporales por lactancia
emitidas por el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios a favor de las servidoras
públicas del Organismo.
La Dirección General de Administración y Finanzas, deberá:
Turnar escrito con el certificado médico por lactancia a la Dirección de Recursos Humanos, para su
atención, y
Firmar el oficio dónde se autoriza a la servidora pública la licencia temporal por lactancia materna.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR