Procedimiento: Licencia Temporal Por Lactancia Materna Para Servidoras Públicas De La Comisión De Derechos Humanos Del Estado De México
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PROCEDIMIENTO: LICENCIA TEMPORAL POR LACTANCIA MATERNA PARA
SERVIDORAS PÚBLICAS DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE
MÉXICO.
OBJETIVO:
Otorgar licencia temporal por lactancia, posterior a la licencia por maternidad, a aquellas servidoras públicas
de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, que acrediten la práctica de la lactancia
materna efectiva a través del Certificado que para tal efecto emita el ISSEMYM.
ALCANCE:
Aplica al personal adscrito a la Dirección General de Administración y Finanzas, Dirección de Recursos
Humanos y Subdirección de Desarrollo de Personal y Subdirección de Control de Nómina responsables de
atender las solicitudes de licencia temporal por lactancia, así como a las servidoras públicas responsables de
gestionar ante el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios el certificado que acredite
la práctica de la lactancia materna efectiva.
REFERENCIAS:
Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna del Estado de México, Artículo 10,
fracción II. Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, 18 de diciembre de 2014, sus reformas y adiciones.
Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, Artículos 20, fracción
IX y 21 fracción XVIII. Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, 14 de febrero de 2017, sus reformas y
adiciones.
Manual General de Organización de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, apartado
VIII Objetivo y Funciones por Unidad Administrativa, numeral 400C1410000 Dirección de Recursos
Humanos. Periódico “Gaceta de Derechos Humanos”, junio de 2015, sus reformas y adiciones.
RESPONSABILIDADES
La Dirección General de Administración y Finanzas a través de la Dirección de Recursos Humanos, es
la unidad administrativa responsable de controlar y dar seguimiento a las licencias temporales por lactancia
emitidas por el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios a favor de las servidoras
públicas del Organismo.
La Dirección General de Administración y Finanzas, deberá:
Turnar escrito con el certificado médico por lactancia a la Dirección de Recursos Humanos, para su
atención, y
Firmar el oficio dónde se autoriza a la servidora pública la licencia temporal por lactancia materna.
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