Procedimiento Administrativo. VII-P-1aS-232

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VII-P-1aS-139
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2999/09-06-01-3/640/11-S1-02-04.-
Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 14 de febrero de 2012, por unanimi-
dad de 5 votos a favor.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Se-
cretario: Lic. Juan Pablo Garduño Venegas.
(Tesis aprobada en sesión de 14 de febrero de 2012)
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 8. Marzo 2012. p. 80
REITERACIÓN QUE SE PUBLICA:
VII-P-1aS-231
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 768/11-04-01-5/41/12-S1-04-04.- Re-
suelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa, en sesión de 27 de marzo de 2012, por unanimidad de 5
votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael Anzures Uribe.- Secretaria: Lic. Yazmín
Alejandra González Arellanes.
(Tesis aprobada en sesión de 27 de marzo de 2012)
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
VII-P-1aS-232
HECHOS CONOCIDOS POR LA APORTACIÓN DE DATOS DE TER-
CEROS, NO TIENEN EL VALOR DE UNA PRUEBA TESTIMONIAL
EN TÉRMINOS DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS
CIVILES.- El artículo 46 del Código Fiscal de la Federación establece que los
hechos u omisiones consignados por los visitadores en las actas, hacen prueba de
la existencia de tales hechos o de las omisiones encontradas; agrega el artículo
234 del mismo Código, que harán prueba plena los hechos legalmente afirmados
por la autoridad en documentos públicos y que tratándose de actos de compro-
bación de las autoridades administrativas, se entenderán como legalmente afirma-
dos los hechos que constan en las actas respectivas, por lo que tratándose de
hechos u omisiones provenientes de terceros (compulsas) que se hagan constar

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