Principios rectores para la valoración de las mercancías establecidos por el consejo de cooperación aduanera de Bruselas

AutorMarco Antonio Núñez Hernández
Páginas25-25
CLASIFICACION ARANCELARIA DE LAS MERCANCIAS 25
CAPITULO III
PRINCIPIOS RECTORES PARA LA
VALORACION DE LAS MERCANCIAS
ESTABLECIDOS POR EL CONSEJO DE
COOPERACION ADUANERA DE BRUSELAS
PRIMERO. El valor aduanero debe basarse en principios equita-
tivos y sencillos que no entorpezcan la práctica comercial.
SEGUNDO. El concepto de valor en aduana debe ser de fácil
comprensión tanto para el importador como para la aduana.
TERCERO. El sistema de valoración no debe dificultar el rápido
despacho de mercancías.
CUARTO. El sistema de valoración debe permitir a los comer-
ciantes determinar de antemano y con exactitud razonable, el valor
en aduana.
QUINTO. El sistema de valoración debe proteger al importador
de buena fe frente a la competencia desleal, derivada de la infrava-
loración.
SEXTO. Cuando la aduana estime que el valor declarado es
inexacto, la comprobación de los elementos hechos esenciales pa-
ra determinar el valor en aduana, deberá ser rápida y precisa.
SEPTIMO. El sistema de valoración debe reducir al mínimo las
formalidades.
OCTAVO. El procedimiento para substanciar los litigios entre los
importadores y la aduana deberá ser sencillo, rápido, equitativo e
imparcial;
NOVENO. Las valoraciones dentro de lo posible, deben basarse
en documentos comerciales.

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