Principio de mayor beneficio adaptable también en amparo indirecto

AutorGriselda Sujey Liévanos Ruiz
Páginas407-415
407
Mesa 8
PRINCIPIO DE MAYOR BENEFICIO
ADAPTABLE TAMBIÉN EN AMPARO
INDIRECTO
Griselda Sujey Liévanos Ruiz195
INTRODUCCIÓN
El objeto del presente trabajo, consiste en establecer que el principio de
mayor benefi cio aplicable jurisprudencialmente al amparo directo, sustentado
por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, también debe ser
adaptable -desde un particular punto de vista- al amparo indirecto, con el afán
de cumplir con lo previsto en el artículo 17 Constitucional, el cual garantiza al
gobernado el acceso real, completo y efectivo a la administración de justicia.
Dada la exigencia constitucional referida, se propone se adicione una
fracción al artículo 81, de la Ley de Amparo, el cual regula la procedencia del
195 Licenciada en Derecho por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo; Maes-
tra en Derecho Constitucional y Amparo por la Universidad Cristóbal Colón, en el Puerto de
Veracruz.

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