Principales obligaciones fiscales

AutorJosé Pérez Chávez/Raymundo Fol Olguín
Páginas65-80

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Las disposiciones fiscales establecen diversas obligaciones que deben cumplir las empresas, entre las cuales destacan las siguientes:

1. Alta en el Registro Federal de Contribuyentes

En el CFF, así como en su Reglamento, se señala para las empresas, la obligación de darse de alta ante el RFC en el SAT, mediante documentos digitales con e.firma (Internet).

Para tal efecto, deberán darse de alta en el momento en el que se firme el acta o documento constitutivo, a través del fedatario público que protocolice el instrumento constitutivo de que se trate.

Las empresas que no se constituyan ante fedatario público, deberán presentar su solicitud de inscripción en el RFC dentro del mes siguiente a aquel en que se realice la firma de contrato, o la publicación del Decreto o del acto jurídico que les dé origen.

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2. Llevar y enviar contabilidad electrónica

Las empresas deberán llevar los registros o asientos que integran la contabilidad en medios electrónicos (contabilidad electrónica), para lo cual observarán las reglas siguientes:

  1. Las empresas deberán llevar la contabilidad en sistemas electrónicos con la capacidad de generar archivos en formato XML, por lo que tendrán que adecuar sus registros contables conforme a los requerimientos que establece el SAT, o bien, adquirir un software que les permita generar archivos en el mencionado formato; esto, con el fin de poder enviar su contabilidad al Portal de dicho órgano desconcentrado.

  2. Las empresas que estén obligadas a llevar contabilidad y a ingresar de forma mensual su información contable a través del Portal del SAT, deberán llevarla en sistemas electrónicos con la capacidad de generar archivos en formato XML que contengan lo siguiente:

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    Catálogo de cuentas utilizado en el periodo, conforme a la estructura señalada en el Anexo 24, Apartado A, de la RMF 2017.

    Balanzas de comprobación.

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    Pólizas y auxiliares de cuenta de nivel mayor o subcuenta de primer nivel que incluyan el nivel de detalle con el que las empresas realicen sus registros contables.

  3. Los registros o asientos contables serán analíticos y podrán efectuarse a más tardar el último día natural del mes siguiente, a la fecha en que se realizó la actividad u operación.

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  4. La documentación comprobatoria de los registros o asientos que integran la contabilidad deberá estar disponible en el domicilio fiscal de la empresa.

  5. Las empresas que estén obligadas a llevar contabilidad y a ingresar de forma mensual su información contable a través del Portal del SAT, deberán enviarla a través del buzón tributario o a través del portal de "Trámites y Servicios" del Portal del SAT, dentro de la opción denominada "Trámites", conforme a la periodicidad y los plazos que se indican, lo siguiente:

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    Cuando como consecuencia de la validación por parte de la autoridad fiscal ésta determine que los archivos enviados contienen errores informáticos, se enviará nuevamente el archivo conforme a lo siguiente:

    • Los archivos podrán ser enviados nuevamente por la misma vía, tantas veces como sea necesario, hasta que sean aceptados, a más tardar el último día del vencimiento de la obligación que corresponda.

    • Los archivos que hubieran sido enviados y rechazados por alguna causa informática, dentro de los dos últimos días previos al vencimiento de la obligación que corresponda, podrán ser enviados nuevamente por la misma vía, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se comunique a través del buzón tributario, la no aceptación, para que una vez aceptados se consideren presentados en tiempo.

    Las empresas que modifiquen posteriormente la información de los archivos enviados para subsanar errores u omisiones, efectuarán la sustitución

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    mediante el envío de los nuevos archivos, dentro de los cinco días hábiles posteriores a aquel en que tenga lugar la modificación de la información por parte de la empresa.

    Diversas disposiciones fiscales y mercantiles indican la obligación de llevar determinados libros, tales como:

    Registro de las operaciones que se efectúen con títulos valor emitidos en serie.

    • Libro de actas.

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    Registro de acciones.

    Registro de aumento o disminución del capital social.

    No se tiene la obligación de presentar para su sello, ante las autoridades fiscales, los libros listados.

3. Expedir comprobantes fiscales

Las empresas tienen la obligación de expedir CFDI por las ventas que realicen.

Para tal efecto, las empresas deberán cumplir con las obligaciones siguientes:

  1. Contar con un certificado de e.firma vigente.

  2. Tramitar ante el SAT el certificado para el uso de los sellos digitales.

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  3. Cubrir, para los comprobantes fiscales que emitan, los requisitos que establece el CFF.

  4. Remitir al SAT, antes de...

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