Primera Resolución de modificaciones a la RMF para 2018. Comentarios

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El pasado 30 de abril, la SHCP dio a conocer en el DOF la Primera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus anexos 1-A y 23, la cual entró en vigor el 1o. de mayo último.

A continuación, se comentan las modificaciones y adiciones más importantes efectuadas mediante dicha publicación.

CFF
Saldos a favor del ISR de personas físicas (regla 2 3.2; modificación; segundo transitorio)

Mediante la modificación de la regla 2.3.2 se establece que los contribuyentes podrán utilizar la contraseña para presentar la declaración del ejercicio 2017 en los siguientes supuestos:

1. Cuando el importe del saldo a favor sea igual o menor que $10,000.

2. Cuando el importe del saldo a favor sea mayor de $10,000 y no exceda de $50,000, siempre que el contribuyente seleccione una cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas a 18 dígitos CLABE, la cual deberá estar a nombre del contribuyente como titular y precargada en el aplicativo para presentar la declaración anual; de no seleccionar alguna o capturar una distinta de las precargadas, deberá presentar la declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable.

Antes, la regla hacía referencia únicamente al supuesto mencionado en el punto 1 anterior.

La modificación de esta regla aplica a partir del 16 de febrero de 2018.

Emisión de CFDI por concepto de nómina del ejercicio fiscal 2017 (regla 2 7.5.7; adición)

Con la adición de la regla 2.7.5.7 se dispone que los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2017 ha-

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yan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión, podrán corregirlos por única ocasión, siempre que el nuevo comprobante que se elabore se haya emitido a más tardar el 15 de mayo de 2018 y se hubieran cancelado los comprobantes que se sustituyan.

El CFDI de nómina que se haya emitido en atención a esta facilidad se considerará expedido en el ejercicio fiscal 2017, siempre que refleje como fecha de pago el día correspondiente a 2017 en que se hubiera hecho el pago asociado al comprobante.

La aplicación del beneficio contenido en esta regla no libera a los contribuyentes de realizar el pago de la diferencia no cubierta con la actualización y los recargos que en su caso procedan.

Ley del ISR
Procedimiento para cuantificar la proporción de los ingresos exentos respecto al total de las remuneraciones (regla 3 3.1.29; modificación; sexto transitorio)

Se modifica la regla 3.3.1.29 a fin de establecer que para determinar si en el ejercicio disminuyeron las prestaciones otorgadas a favor de los trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para ellos, respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior, con objeto de aplicar el factor de no deducibilidad en el ISR de las mismas, entre otros aspectos, se estará a lo siguiente:

[VER PDF ADJUNTO]

Antes, la regla se refería a remuneraciones y demás prestaciones pagadas por el contribuyente a sus trabajadores y que a su vez fueran ingresos exentos para efectos de la determinación del ISR de estos últimos, realizadas en el ejercicio...

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