Primera Resolución de modificaciones a la RFA para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2015. Comentarios

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El pasado 10 de abril, la SHCP dio a conocer en el DOF la Primera Resolución de modificaciones a la RFA para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2015, la cual entró en vigor el 11 de abril último.

Mediante esta publicación se adiciona la regla 1.12, denominada "Facilidad para sociedades cooperativas de producción pesqueras o silvícolas", conforme a la cual las sociedades cooperativas de producción que realicen exclusivamente actividades pesqueras o silvícolas que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del título II del capítulo VIII (régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras) de la Ley del ISR y que cuenten con concesión o permiso del gobierno federal para explotar los recursos marinos o silvícolas, podrán optar por dejar de observar el límite exento de ingresos de 200 veces el salario mínimo a que se refiere dicha ley, siempre que al tomar esta opción se proceda de la siguiente manera:

1. El número total de socios o asociados de la sociedad cooperativa de producción sea superior a diez.

2. Los socios o asociados dejen de aplicar, en lo individual, la exención de ingresos hasta por 20 veces el salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente (SMGAGC), elevado al año.

3. Que de los rendimientos por distribuir en el ejercicio fiscal, la parte exenta que se distribuya a cada uno de los socios o asociados no exceda de 20 veces el SMGAGC, elevado al año. Los rendimientos que se repartan en exceso de esa cantidad deberán de tributar conforme a los artículos 94 (ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado) y 96 (retención del ISR de salarios) de la Ley del ISR.

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