Prevención de la violencia y el delito en 75 años de análisis de la evolución teórica

AutorVerónica Martínez-Solares - Óscar Aguilar Sánchez
Páginas197-227

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I Introducción

SI HAY un concepto predominante dentro de la política criminológica actual, es el de prevención. No existe plan de gobierno que en sus objetivos y estrategias deje de incorporar llamativos programas y ac-ciones caliicados como preventivos, que lo mismo van desde la rees-tructuración completa de sistemas policiales y de justicia penal hasta la realización de grandes murales y eventos deportivos.

Sin embargo, la preponderancia de dichos instrumentos no necesariamente se ha traducido en un ejercicio sistémico enfocado en la disminución de la victimización, la violencia y el delito, esto es, en un ejercicio basado en evidencia empírica y orientado a resultados. En efecto, el carácter polisémico que algunos actores le han atribuido al concepto le convierte en un referente de amplia lexibilidad, sobre todo desde el ámbito político, lo cual en gran medida ha eludido la evaluación y no siempre considera el creciente conocimiento acumulado.

Así, la fuerza que la prevención ha adquirido en los últimos años podría deberse a varios factores, dentro de los que se destacan dos hipótesis.

La primera radica en que la amenaza del castigo y la operación del sistema de seguridad y justicia penal gozan de buena salud, como medios tradicionales y a la mano de los gobiernos -y otros actores sociales y privados- para hacer frente a las crisis de violencia e inseguridad

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y a hechos relativos altamente mediáticos. En cierta forma, sus ines y recursos venden muy bien, muchas veces comenzando por los discursos en campañas electorales: ofrecer penas más duras, más policías, más patrullas, más cámaras de video vigilancia, más cárceles, entre otras acciones, es más redituable que hablar de las causas generadoras de esos fenómenos sociales y de soluciones más inteligentes.

Sin embargo, quizá a raíz de los estudios sobre la "expansión" del derecho penal,1y de posiciones francamente críticas, primero en la academia (pensemos en Luigi Ferrajoli, Luck Hulsman o David Gar-land), después por organismos internacionales (Oicina de las Nacio-nes Unidas contra la Droga y el Delito)2y recientemente por trabajos especializados que señalan sus debilidades,3más que su fuerza (o uso de) ha quedado en entredicho sus alcances, efectividad y costos para reducir, controlar y reprimir la violencia y el delito.

La segunda hipótesis está estrechamente relacionada con el surgimiento de la investigación moderna sobre lo que es la prevención y, de manera especíica, ha sido desarrollada desde los años ochenta en Europa, América del Norte y Australia. Aunque de muy diferentes formas e inluenciados por contextos políticos, sociales, económicos y culturales disímiles, dichos estudios llegan a las mismas conclusiones y han consolidado una aproximación multifactorial, multidisciplinaria, multiagencial y multisectorial del concepto. Desde este lente, el castigo y el sistema de seguridad y justicia penal representan un componente más, muchas veces no el de mayor peso, para dar paso a la prevención predelictiva4a través de intervenciones que apuntan a la transformación de actitudes, estilos, entornos y patrones de vida individuales y comunitarios, además de la operación y las respuestas institucionales.

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En medio de una y otra hipótesis es que surge el presente trabajo. El objetivo era reseñar 75 años de la prevención del delito en México; sin embargo, dicha dimensión ya no puede mirarse sin abordar la victimización y la violencia. Adicionalmente, la institucionalidad de la prevención nace precisamente de la experiencia mundial y del conocimiento generado en varios países, plasmado en documentos internacionales que ahora hacen parte del derecho patrio.

La invitación para revisar teórica y ordenadamente los avances en la prevención surgió a raíz de un año simbólico para las XVI Jornadas sobre Justicia Penal: el 75o. aniversario del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional Autónoma de México y de la Academia Mexicana de Ciencias Penales. Tanto las Jornadas como el trabajo del IIJ y de la Academia no podrían entenderse sin la dedicación y los esfuerzos de dos queridos maestros de muchas gene-raciones: doña Olga Islas de González Mariscal y don Sergio García Ramírez. Nuestra profunda gratitud para ambos, porque siempre han tomado riesgos para impulsar miradas diferentes en el análisis de los problemas nacionales.

En este sentido, el objetivo del presente documento es bastante modesto. Pretende describir los cortes teóricos sobre lo que ha sig-niicado la prevención, no en los últimos 75 años ya que, siquiera pensar en los últimos 35, requeriría un esfuerzo de varios tomos.5 Por ello, con el riesgo que signiicaría omitir coyunturas claves (y con la libertad de plantear una relexión más bien arbitraria y práctica), a partir de grandes categorías se abordan las respuestas a los fenómenos de la victimización, la violencia y el delito, desde el conocimiento técnico, así como algunos de los retos que actualmente existen.

Por consiguiente, a través de tres paradigmas, se repasa cómo se ha construido la prevención, de conformidad con el énfasis teórico que podría caracterizarle. En sentido estricto, las aproximaciones y etapas que se describirán, principalmente desde la segunda mitad del siglo pasado y hasta la actualidad, siguen conviviendo todas ellas con

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renovados bríos en las discusiones no sólo teóricas y académicas, sino también en las agendas de los gobiernos del mundo.

II Las rutas teóricas de la prevención

La idea de prevenir no es nueva. De hecho, las prácticas y los métodos, metodologías e instituciones a través de las cuáles se conoce e identiica a la prevención, parecerían virajes discontinuos de otras formas de control ya explicadas por diversas teorías.

En cualquier libro introductorio a las ciencias penales (derecho penal, criminología, política criminal y victimología, por mencionar algunos), es posible encontrar referencias a la retribución, la revancha, la venganza y la represalia, como formas de legitimación para la acción privada e individual. Dichos medios de disuasión -tan antiguos como se quiera escarbar en la historia de la humanidad-, a través de la noción del castigo, han quedado profundamente arraigados en las concepciones de la respuesta frente al daño ocasionado por la violencia y el delito, tanto en sus manifestaciones formales como informales. Una de sus funciones mayores era (es) prevenir, lo cual ha justiicado el de-recho a castigar,6al tiempo que sus abstracciones y respuestas prácticas son de amplio y variado espectro.

No obstante, la existencia de sistemas y mecanismos de control social formales y permanentes es relativamente reciente. El surgimiento de instituciones, y la consolidación de la noción de Estado, han dado también un sentido diverso a la prevención, que pronto fue sinónimo de control y de represión. Ésta es la línea temporal de partida.

El primer gran paradigma teórico está en la institucionalización de la disuasión por conducto de una legitimidad legal,7el monopolio de la violencia y el uso legítimo de la fuerza. Aquí, el delito y su castigo desempeñan un papel central -aún vigente en las políticas de las sociedades contemporáneas-. Se imponen tanto las instituciones

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de seguridad como las de justicia penal y el control gubernamental a varios niveles. Los desarrollos teóricos (y prácticos) giran alrededor de la responsabilidad individual, la ley, la policía, los iscales, los jueces y las prisiones. Es la perspectiva penal, cuyo dominio se ha extendido ya por varios siglos.

Los estudios criminológicos irrumpen como el segundo gran para-digma. Es posible afirmar que, detrás de cada escuela criminológica que intenta explicar los orígenes de los delitos y de los delincuentes, también se encuentra subyacente una explicación de cómo prevenir. Ya no se trata sólo de una visión institucional orgánica sino de un entendimiento integral, o al menos más amplio, de un fenómeno que no es sólo jurídico sino también profundamente social. Es la sociología criminológica la que mayormente ha contribuido en este rubro y cuyos hallazgos determinan cómo se ha respondido frente a diversas formas de conductas desviadas, violentas y delictivas.

De conformidad con Welsh y Farrington,8uno de los primeros intentos académicos para distinguir la prevención del control del delito fue el trabajo de Peter Lejins, en 1967. Para este autor, "si la acción social está motivada por un delito que ya ha tenido lugar, estamos tratando con el control; si la acción se anticipa a la ofensa, se trata de la prevención". La búsqueda de respuestas fuera de los sistemas penales eludió las miradas centradas en delitos y delincuentes. Ya no se trató de un fenómeno determinante sino determinado por factores y condiciones que, a su vez, conviven y se dinamizan por otros hechos igualmente importantes como son la violencia y la victimización.

De esta manera, si dicho fenómeno es evitable, entonces es prevenible. Por lo tanto, es importante conocerlo y desagregarlo en todos sus actores y partes para plantear directamente la respuesta. Este último es el tercer paradigma interpretativo.

En los siguientes apartados se desarrollarán brevemente cada uno de dichos paradigmas. Es importante señalar, como ya se ha referido, que todas las interpretaciones conviven actualmente, tanto a través

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de desarrollos teóricos como en la construcción de políticas públicas, donde se...

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