Presunción de operaciones inexistentes amparadas con comprobantes fiscales

AutorCarlos Orozco-Felgueres Loya
Páginas87-113
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Capítulo III
3. Presunción de operaciones inexistentes amparadas con compro-
bantes scales.
3.1. Constitucionalidad
El artículo 69-B relativamente es nuevo porque se adicionó al CFF a partir del 1º de
enero del 2014, y desde su entrada en vigor hasta el día de hoy ha tenido sus refor-
mas gracias a su frecuente aplicación. El procedimiento de presunción por parte de la
autoridad ha provocado las inconformidades de los contribuyentes y por lo tanto las
controversias se incrementaron, mismas que se han dictado como constitucionales
por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los siguientes temas:
PUBLICACIÓN DE CONTRIBUYENTES CON FUNDAMENTO EN EL
ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, POR
PRESUNCIÓN DE OPERACIONES INEXISTENTES. NO VIOLA EL DE-
RECHO HUMANO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA.
PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA PRESUNCIÓN DE INEXISTENCIA
DE OPERACIONES. LOS DATOS DE LOS CONTRIBUYENTES A QUE
HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA
FEDERACIÓN SON DE CARÁCTER PÚBLICO Y, POR ENDE, PUEDEN
DARSE A CONOCER A TERCEROS.
PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA PRESUNCIÓN DE INEXISTENCIA
DE OPERACIONES. LAS PUBLICACIONES CON LOS DATOS DE LOS
CONTRIBUYENTES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 69-B
DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN NO CONSTITUYEN UNA
PENA QUE DEBA RESPETAR LOS DERECHOS RECONOCIDOS EN EL
ARTÍCULO 22 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS.
PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA PRESUNCIÓN DE INEXISTENCIA
DE OPERACIONES. EL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA
FEDERACIÓN QUE LO PREVÉ, NO VIOLA EL DERECHO A LA LIBER-
TAD DE TRABAJO.
PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA PRESUNCIÓN DE INEXISTENCIA
DE OPERACIONES. EL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA
FEDERACIÓN QUE LO PREVÉ, ES DE NATURALEZA HETEROAPLI-
CATIVA.
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Principales riesgos scales de la empresa
INICIO DEL PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA PRESUNCIÓN DE
INEXISTENCIA DE OPERACIONES. PROCEDE EL JUICIO DE NULI-
DAD EN SU CONTRA DADA LA AFECTACIÓN JURÍDICA QUE SU PU-
BLICIDAD ACARREA.
3.2. Exposición de motivos
La exposición de motivos de parte del Poder Ejecutivo, consistió en justicar el pro-
cedimiento de presunción de operaciones inexistentes respaldadas con comproban-
tes scales, con los siguientes argumentos:
Son latentes los esquemas agresivos de evasión scal que afectan gravemente
la recaudación scal.
En el pasado uno de los esquemas era la utilización de comprobantes scales
apócrifos, con la nalidad de erosionar la base gravable del impuesto, al dedu-
cir y acreditar cantidades que amparaban dichos comprobantes.
No se contaba con instrumentos ecaces para combatir frontalmente estos es-
quemas agresivos, aún con los controles de seguridad y requisitos de deducibi-
lidad, que solo persuadían temporalmente la evasión.
Las prácticas de los evasores scales continuaron, ahora con el tráco de com-
probantes scales, que consiste en la colocación de comprobantes scales, que
reúnen los requisitos de deducibilidad, con los debidos ujos de dinero, sin
embargo los conceptos que amparan dichos comprobantes no tiene sentido,
simplemente carecen de razón de negocio o de sustancia económica, o en su
caso los contraprestaciones están fuera de la realidad.
En el tráco de comprobantes scales, quienes los emiten y quienes los reci-
ben, están actuando de mala fe.
3.3. Reforma del 25 de junio 2018
Ahora bien, el artículo 69-B tiene su reforma que se muestra comparativamente para
ver los cambios trascendentales que tuvo.

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