Prestaciones que otorga el IMSS a los asegurados por invalidez

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Introducción

Uno de los seguros destinados a la protección de los trabajadores y sus beneficiarios legales que consigna el artículo 84 de la LSS, es el seguro de invalidez, el cual tiene como principal finalidad asegurar el bienestar y los medios de subsistencia de dichas personas cuando el trabajador asegurado se encuentre imposibilitado para continuar desempeñando sus labores debido a una enfermedad o accidente no profesionales.

En este sentido, el ramo de invalidez protege los derechos de los trabajadores asegurados que por causas de una enfermedad o accidente no profesionales se les determina un estado de invalidez.

Comentamos al respecto, las prestaciones que proporciona el IMSS por invalidez a los trabajadores y sus beneficiarios, así como los requisitos necesarios para disfrutar de ellas.

Qué es el estado de invalidez

Los tribunales en materia laboral han definido la invalidez como un estado físico caracterizado por la pérdida de la capacidad de trabajo, debido a una disminución notable de la salud en la persona, ocasionada por una enfermedad de tipo general o accidente no profesional.

Por su parte, el artículo 119 de la LSS precisa que existe invalidez cuando el asegurado se encuentre imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior a 50% de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales.

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Prestaciones que otorga el IMSS por invalidez

De acuerdo con el artículo 120 de la LSS, los trabajadores a quienes el instituto les haya declarado el estado de invalidez tendrán derecho a recibir las prestaciones siguientes:

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Pensión temporal

Es la que proporciona el IMSS por periodos renovables al asegurado en caso de existir posibilidad de recuperación para el trabajo, o cuando por la continuación de una enfermedad no profesional se termine el disfrute del subsidio y la enfermedad persista.

Conforme al artículo 34 del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS (RPM), el carácter temporal de la invalidez se establecerá cuando se determine médicamente que existe posibilidad de recuperación del asegurado para el trabajo; en este caso, se efectuará la revaloración médica del pensionado dentro de los dos años siguientes al de la fecha de expedición del dictamen, para definir lo siguiente:

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Pensión definitiva

Es la que determina el IMSS cuando el estado de invalidez que sufre el trabajador asegurado se estima de naturaleza permanente.

En términos del artículo 120 de la LSS, la pensión que se pagará como renta vitalicia, así como el seguro de sobrevivencia, serán contratados por el asegurado con la institución de seguros que elija. Para ello, el IMSS calculará el monto constitutivo requerido para el trámite. Así, al monto constitutivo se le restará el saldo acumulado en la cuenta individual del asegurado, y la diferencia positiva será la suma asegurada que el instituto deberá entregar a la institu-

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ción de seguros para la contratación de los seguros de renta vitalicia y de sobrevivencia.

Cabe observar que el asegurado a quien el instituto le haya otorgado una pensión definitiva de invalidez recibirá la cuantía respectiva desde el día en que se produzca el siniestro, y si no puede fijarse el día, desde la fecha de la presentación de la solicitud.

Asistencia médico-quirúrgica

Según el artículo 2o., fracción II, del RPM, es el conjunto de acciones tendentes a prevenir, curar o limitar el daño en la...

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