Se presenta ante la Cámara de Diputados iniciativa de reformas a la Ley del Seguro Social en materia de multas

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En la actualidad el 65% de empleos generados en el país provienen de las Micro, pequeña y mediana empresas (Mipymes); no obstante, el apoyo que han recibido del gobierno federal sólo ha contribuido al sostenimiento del sector, mas no a su desarrollo y competitividad.

En este sentido, a decir de los integrantes de la Convención Nacional de Contribuyentes, es necesario trabajar en apoyos integrales para garantizar la permanencia y crecimiento de dichas empresas, pues los altos costos de producción y las cargas tributarias que enfrentan les impiden destinar recursos para su desarrollo.

Así, con el fin de procurar el desarrollo de las Mipymes, como una de las principales fuentes generadoras de empleo, diputados de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional presentaron el pasado 28 de septiembre ante la Cámara de Diputados una iniciativa de reformas a la Ley del Seguro Social (LSS), la cual plantea modificar el sistema sancionador previsto en esta ley, al disminuir el monto de las multas, establecer los parámetros bajo los cuales se impondrán las sanciones y otorgar a los patrones cumplidos la posibilidad de solicitar la cancelación y condonación de las mismas, pues si bien dichas medidas de apremio tienen como propósito desalentar la omisión o la evasión en el pago de cuotas obrero-patronales y el incumplimiento de las demás obligaciones que impone la ley, a la fecha representan un obstáculo para que las empresas continúen con sus operaciones, ya que ante el monto excesivo de las mismas se incrementa la imposibilidad de pago y las inconformidades.

Disminución de la sanción aplicable al incumplimiento en el pago de cuotas

El proyecto en comento señala disminuir al 40% la multa aplicable a los patrones y demás sujetos obligados que omitan el pago de las cuotas, pues a la fecha es de 40 a 100% del concepto omitido. Asimismo, prevé que cuando el infractor entere el monto de la multa dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) notifique la comisión de la infracción y la sanción respectiva, ésta no excederá de 10% del monto omitido.

Así, de aprobarse dicha modificación se otorgaría un beneficio a los patrones, superior al que a la fecha prevé el artículo 189 del Reglamento de la LSS en materia de afiliación...

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