Preparaciones alimenticias diversas

AutorJesús Bernardo Gutiérrez Delgado
Páginas66-68

Page 66

Notas.

  1. Este Capítulo no comprende:

    1. las mezclas de hortalizas de la partida 07.12;

    2. los sucedáneos del café tostados que contengan café en cualquier proporción (partida 09.01);

    3. el té aromatizado (partida 09.02);

    4. las especias y demás productos de las partidas 09.04 a 09.10;

    5. las preparaciones alimenticias que contengan una proporción superior al 20% en peso de embutidos, carne, despojos, sangre, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos, o de una mezcla de estos productos (Capítulo 16), excepto los productos descritos en las partidas 21.03 ó 21.04;

    6. las levaduras acondicionadas como medicamentos y demás productos de las partidas 30.03 ó 30.04;

    7. las preparaciones enzimáticas de la partida 35.07.

  2. Los extractos de los sucedáneos mencionados en la Nota 1 b) anterior se clasifican en la partida 21.01.

  3. En la partida 21.04, se entiende por preparaciones alimenticias compuestas homogeneizadas, las preparaciones que consistan en una mezcla finamente homogeneizada de varias sustancias básicas, tales como carne, pescado, hortalizas, frutas u otros frutos, acondicionadas para la venta al por menor como alimento infantil o para uso dietético en recipientes con un contenido de peso neto inferior o igual a 250 g. Para la aplicación de esta definición se hará abstracción, en su caso, de los diversos ingredientes añadidos a la mezcla en pequeña cantidad para sazonar, conservar u otros fines. Estas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR