Premio naciónal de artes y literatura
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(A) ARTICULO 51-A. Habrá Premio Nacional de Artes y Literatura en cada uno de los siguientes campos:
-
Lingüística y Literatura;
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II. Bellas Artes;
-
Historia, Ciencias Sociales y Filosofía; y
-
Artes y Tradiciones Populares. (DOF 17/12/15)
(A) ARTICULO 51-B. Merecerán estos premios quienes, por sus producciones o trabajos docentes de investigación o de divulgación, hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural del país o el progreso del arte o de la filosofía. (DOF 17/12/15)
(A) ARTICULO 51-C. El premio se tramitará en la Secretaría de Cultura, cuyo titular presidirá el Consejo de Premiación. Este se integrará, además, con el Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, el de la Universidad Autónoma Metropolitana, los Directores Generales del Instituto Politécnico Nacional y del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y por sendos representantes de la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior y del Colegio Nacional.
Para el otorgamiento del premio en el campo de Artes y Tradiciones Populares, el Consejo se integrará, aparte de los representantes de las instituciones señaladas en el párrafo anterior, con los directores generales de Culturas Populares de la Secretaría de Cultura, del Instituto Nacional Indigenista y del Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías. (DOF 17/12/15)
(A) ARTICULO 51-D. Los premios consistirán en venera y mención honorífica y se acompañarán de una entrega en numerario por 100 mil pesos. Podrán concurrir hasta tres personas para el premio del mismo campo, y cuando haya concurrencia, la entrega en numerario será por 50 mil pesos para cada concurrente. Si llegare a haber más de tres concurrentes, los excedentes de este número serán premiados hasta el siguiente año. (DOF 17/12/15)
(A) ARTICULO 51-E. Solamente las personas físicas podrán ser beneficiarias de los premios de Artes y Literatura, salvo en el campo de Artes y Tradiciones Populares que podrán también otorgarse a comunidades y grupos. Por cada año habrá una asignación de premios, pero no será necesario que las obras o actos que acrediten su merecimiento, se hayan realizado dentro de ese lapso. (DOF 17/12/15)
(A) ARTICULO 51-F. Para conceder estos premios debe mediar convocatoria y que el beneficiario haya sido propuesto...
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- Objeto
- Premios y preseas
- Organos para el otorgamiento
- Procedimiento
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- Orden Mexicana del Aguila Azteca
- Premio naciónal de ciencias
- Premio naciónal de artes y literatura
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- Premio naciónal de servicio a la comunidad
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- Premio naciónal de administración pública
- Estímulos y recompensas
- Premio naciónal de protección civil
- Premio naciónal de trabajo y cultura indígena
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- Premio naciónal de seguridad pública
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- Premio naciónal de cultura contributiva
- Disposiciónes generales
- Artículos transitorios
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