Caso práctico de la declaración anual 2010 de ISR y IETU. Cédulas analíticas -Personas morales del régimen general-

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A continuación, se ejemplifican los cálculos relativos a la declaración anual de 2010, los cuales llevan una estructura secuencial para que el lector comprenda mejor la determinación de cada una de las cifras; además, se encuentran en el orden que solicita el sistema para la presentación de la declaración anual (DEM 2011), y se ha puesto especial cuidado en ejemplificar la determinación de la mayor parte de la información que dicho sistema requiere.

De igual forma, se uniformaron los títulos de las cédulas en las que se determina la información con los de las plantillas del sistema para la presentación de la declaración anual, en los casos en que así procede, a fin de que se identifique con facilidad el procedimiento para deter-minar cada concepto con la plantilla que corresponda.

Finalmente, es de observar que tanto el estado de resultados como el estado de posición financiera están referenciados al 31 de diciembre de 2010.

DATOS

De la empresa

· RFC IME801117FN1

· Denominación o razón social Indumex, SA de CV

· Domicilio fiscal Miguel Hidalgo No. 1258 Municipio de Naucalpan CP 08964

Edo. de México

Del representante legal

· Nombre Ana Teresa Méndez Gómez

· RFC MEGA750913V49

· CURP MEGA750913MDFNMN09

Del inventario acumulable a partir de 2005

· Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar actualizadas al 31 de diciembre de 2004 $523,865

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· Monto del inventario final al 31 de diciembre de 2004 $2,835,210

· Monto de las mercancías obsoletas o de lento movimiento al 31 de diciembre de 2004 $167,738

· Inventario base al 31 de diciembre de 2004 ($2,835,210 - $167,738) $2,667,472

· Importe de los inventarios al 31 de diciembre de 2010 $2,312,132

· Valor del inventario acumulable conforme al artículo tercero, fracción V de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR para 2005 $1,542,360

· Acumulaciones de inventario efectuadas en años anteriores a 2010 $1,318,592

· Saldo pendiente por deducir al 1o. de enero de 2005 de los inventarios de 1986 $241,824

· Diferencia positiva que resultó de comparar la suma del costo promedio mensual de los inventarios de bienes que se importaron directamente en los últimos cuatro meses del ejercicio fiscal de 2004 contra la del ejercicio fiscal de 2003 (cuando la del ejercicio de 2004 fue mayor a la de 2003) $359,423

· Indice promedio de rotación de inventarios 12.84

· Inventario acumulable en 2010 conforme al artículo tercero, fracción V, de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR para 2005 $308,472

· Porcentaje de acumulación de inventarios 20%

Otros

· PTU no cobrada en el ejercicio anterior (2009) $0

· Saldo de la cuenta de utilidad fiscal neta al 31/XII/2009 $365,364

· Saldo de la cuenta de capital de aportación al 31/XII/2009 $17,656,145

· Coeficiente de utilidad aplicable en los pagos provisionales de enero y febrero de 2010 0.0213

· Coeficiente de utilidad aplicable en los pagos provisionales de marzo a diciembre de 2010 0.0184

· PTU generada en el ejercicio 2009 y pagada en 2010 $603,279

· Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar $0

· Dividendos distribuidos en noviembre de 2010 $905,355

· Se considera que el contribuyente no realiza operaciones con partes relacionadas

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Balanza de comprobación al 31 de diciembre de 2010

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Balanza de comprobación al 31 de diciembre de 2010 (continuación)

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Balanza de comprobación al 31 de diciembre de 2010 (continuación)

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Nota

Las cantidades de este caso práctico están expresadas en pesos sin centavos.

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Relación de gastos contables

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Nota

  1. Para efectos prácticos, este gasto se registra por separado.

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    CEDULA ISR A

    Participación de los trabajadores en las utilidades

    Ingresos acumulables del ejercicio1 (véase cédula ISR I-1) (54,668,349 - 100,654) 54,567,695

    (-) Ajuste anual por inflación acumulable (véase cédulas ISR I-1 y F-4) 197,227

    (=) Ingresos acumulables para efectos de la PTU 54,370,468

    (+) Ingresos por dividendos: 0

    En efectivo o en bienes 0

    En acciones 0

    Reinvertidos dentro de los 30 días siguientes a su distribución 0

    (+) Utilidad cambiaria (conforme a exigibilidad, pago o cobro)2 (véase cédula ISR I-1) 100,654

    (+) Diferencia entre el valor de venta menos la ganancia acumulable por enajenación de activos fijos (146,806 + 110,447) (véase cédula ISR A-1) 257,253

    (=) Ingresos para efectos de la PTU 54,728,375

    (-) Deducciones autorizadas del ejercicio3 (véase cédula ISR I-2) (47,596,553 - 98,598) 47,497,955

    (+) Deducción de inversiones actualizada (1,226,042 + 218,492) (véase cédulas ISR D-1 e ISR D-2) 1,444,534

    (+) Ajuste anual por inflación deducible 0

    (-) Deducción de inversiones (sin actualizar) (véase cédula ISR D-2) 1,203,8804(-) Depreciación pendiente de deducir de activos que se enajenaron o que dejaron de ser útiles, sin actualizar (128,103 + 47,642) (véase cédula ISR A-1) 175,745

    (-) Reembolso por dividendos en acciones o reinvertidos dentro de los 30 días siguientes a su distribución 0

    (-) Pérdida cambiaria (conforme a exigibilidad, pago o cobro)2 (véase cédula ISR I-2) 98,598

    (=) Base para PTU 7,196,732

    (x) Factor, según la Resolución de la Quinta Comisión Nacional para la PTU 10%

    (=) PTU generada durante el ejercicio de 2010 719,6735(+) PTU no cobrada del ejercicio de 2009 05(=) PTU por repartir a los trabajadores en mayo de 2011 719,673

    Notas

  2. Dentro de los ingresos acumulables se consideran las utilidades cambiarias (100,654), al catalogarse como intereses, de acuerdo con el artículo 9o. de la Ley del ISR; empero, el último párrafo de la fracción I del artículo 16 de la misma ley señala que no deben considerarse como tales para efectos del cálculo de la PTU; por lo que se excluyeron de este monto.

    2. Por cuestiones prácticas, estos importes coinciden con la acumulación fiscal y la deducción fiscal, aunque no siempre es así.

    3. Dentro de las deducciones autorizadas se consideran las pérdidas cambiarias (98,598), al catalogarse como intereses conforme al artículo 9o. de la Ley del ISR; sin embargo, el último párrafo de la fracción II del artículo 16 de la misma ley indica que no deben considerarse como tales para efectos del cálculo de la PTU; por lo que se excluyeron de este monto.

    4. Según el artículo 16 de la Ley del ISR, a los ingresos determinados se le restará la cantidad que resulte de aplicar al monto original de las inversiones los por cientos máximos de deducción señalados en esta ley; sin embargo, no precisa si se debe considerar el resultado derivado de aplicar dichos por cientos a las inversiones que se utilicen para la producción de mercancías; por lo que en nuestra opinión no deben considerarse.

    5. Estos conceptos se requieren en la plantilla "A. Participación de los trabajadores en las utilidades", de la declaración del ejercicio de las personas morales.

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    CEDULA ISR A-1

    Importes por considerar para efectos de la PTU por la enajenación de activos fijos

    Mobiliario y equipo

    Resultado fiscal de la operación (véase cédula ISR F-2)

    Monto de la enajenación del mobiliario y equipo 249,248

    (-) Costo fiscal del mobiliario y equipo 146,806

    (=) Ganancia acumulable por la enajenación del mobiliario y equipo 102,442

    Datos para determinar la PTU

    1. Importe que se suma a los ingresos:

    Monto de la enajenación del mobiliario y equipo (véase cédula ISR F-2) 249,248

    (-) Ganancia acumulable por la enajenación del mobiliario y equipo 102,442

    (=) Importe que se sumará a los ingresos, para efectos de determinar la PTU 146,806

    2. Importe que se resta a los ingresos:

    Depreciación pendiente de deducir del mobiliario y equipo enajenado en el ejercicio (véase cédula ISR F-2) 128,103

    Equipo de transporte

    Resultado fiscal de la operación (véase cédula ISR F-3)

    Monto de la enajenación del equipo de transporte 119,965

    (-) Costo fiscal del equipo de transporte 110,447

    (=) Ganancia acumulable por la enajenación del equipo de transporte 9,518

    Datos para determinar la PTU

    1. Importe que se suma a los ingresos:

    Monto de la enajenación del equipo de transporte (véase cédula ISR F-3) 119,965

    (-) Ganancia acumulable por la enajenación del equipo de transporte 9,518

    (=) Importe que se sumará a los ingresos, para efectos de determinar la PTU 110,447

    2. Importe que se resta a los ingresos:

    Depreciación pendiente de deducir del equipo de transporte enajenado en el ejercicio (véase cédula ISR F-3) 47,642

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    CEDULA ISR B

    Cifras al cierre del ejercicio

    Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar (véase datos) 0

    Saldo promedio anual de los créditos (véase cédula ISR B-1) 4,849,078

    Saldo promedio anual de las deudas (véase cédula ISR B-2) 9,331,505

    Coeficiente de utilidad por aplicar en el ejercicio siguiente (véase cédula ISR B-3) 0.1289

    Saldo actualizado de la cuenta de utilidad fiscal neta (véase cédula ISR B-4) 3,358,450

    Saldo actualizado de la cuenta de capital de aportación (véase cédula ISR B-5) 25,157,084

    CEDULA B-1

    Saldo promedio anual de los créditos1, 2, 3 y 6

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    Notas

  3. No se incluyó la cuenta de deudores diversos dentro de los créditos, ya que para fines del caso práctico se considera que son a cargo de socios, personas físicas residentes en el extranjero, denominadas en moneda nacional y no provienen de la exportación de bienes y servicios (artículo 47, fracción II, de la Ley del ISR).

    2. De acuerdo con la fracción IV del artículo 47 de la Ley del ISR, los anticipos de ISR no se considerarán créditos.

    3. La fracción VII del...

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