La política criminal en el contexto global

AutorRebeca Elizabeth Contreras López
CargoInvestigadora nacional. Profesora de Derecho penal e investigadora de tiempo completo del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana
Páginas1-10

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1. El contexto global

Hablar hoy de globalización significa adentrarnos en un sinnúmero de posibilidades teóricas, ideológicas, económicas, políticas que hacen difícil su manejo conceptual. De manera provisional, debo señalar que parto de que la globalización es un proceso caracterizado por cambios sociales, culturales, políticos, económicos y jurídicos que influyen en lo externo y en lo interno de los Estados nación, pero también de los individuos. Page 2

Aunque el enfoque original ha sido el económico, la globalización no sólo significa interdependencia económica sino también la transformación del tiempo y el espacio cotidianos, a lo cual está estrechamente vinculada la extensión de la tecnología informática y la revolución de las comunicaciones1.

La globalización surge como un fenómeno eminentemente económico, que presenta las siguientes características: globalización de la economía, incremento del comercio internacional y la gradual eliminación de barreras, incorporación de nuevas tecnologías y movilidad de capitales e inversión2.

En una visión reduccionista suele percibirse la globalización como un fenómeno de homogeneización que rebasa los límites económicos y destruye las fronteras conocidas de la comunidad internacional, creando una comunidad mundial3. Pero esta es una visión que tiene innumerables complicaciones, una de ellas es el de la enorme desproporción entre los países del mundo en temas de alimentación, salud y subsistencia, por mencionar algunos; lo cual explica la afirmación de Susan George, en el sentido de que "el término 4.

Provisionalmente, entiendo por globalización, el proceso complejo que parte de la integración de mercados y de la expansión tecnológica, en el que la regulación política y jurídica se comparte entre actores nacionales y supranacionales, transformándose el tiempo y el espacio de las relaciones sociales, modificando el ejercicio del poder del estado-nación5.

Esto último es lo que me parece debe incidir en el análisis del derecho penal en el escenario global, en el cual el ejercicio del poder del estado (el ius puniendi) se transforma; originando disonancias importantes en las categorías del tiempo y el espacio que son, tradicional y constitucionalmente utilizadas. Así, la soberanía también se ve difuminada por las relaciones internas y supranacionales no sólo entre estados, sino entre individuos.

Díaz Múller, ofrece una serie de elementos de identificación de ese nuevo orden mundial, en el cual observa las siguientes tendencias6:

  1. En primer lugar, como se ha escrito, por el desplazamiento del equilibrio bipolar Estados Unidos-Unión Soviética a un modelo globalizado, unipolar, y hegemónico: los Estados Unidos;

  2. Segundo: la derrota de los países de la antigua Europa del Este, y su tránsito hacia modelos de economía de mercado;

  3. El resurgimiento de Europa, con los Tratados de Masstricht, la vigencia del euro, y la ampliación a 25 países de la Europa comunitaria: una visión neoliberal del desarrollo, en que los nuevos y antiguos amos de las finanzas Page 3 mundiales adquieren un importante y estratégico papel en la gobernabilidad (governanza) de los regímenes democráticos-liberales;

  4. La retirada del Estado. En efecto, el Estado pasó a establecer una compleja trama de negociaciones con el mercado y con la democracia;

  5. La aparición, con mayor fuerza internacional, de cientos de actores globalizados: el narcotráfico, las migraciones, la seguridad internacional.

Hay que resaltar que, a fin de cuentas, el enfoque sigue siendo la expansión del modelo neoliberal en la economía de mercado y el establecimiento de relaciones de poder entre los líderes económicos y financieros del mundo. Gibney, sostiene que "la globalización tiene implicaciones en las relaciones de poder establecidas entre los estados ricos y los pobres, entre el pueblo y sus gobernantes y entre los grupos minoritarios y las poblaciones mayoritarias"7.

Lo que significa que las relaciones no son equitativas entre dichos actores. Por ello, cuando se habla de la vigencia de valores universales, en donde la humanidad es afectada por su inobservancia, como en el caso de los crímenes contra la humanidad o el genocidio, la pregunta obligada es ¿Quién es la humanidad? ¿Cómo está constituida? ¿Quién la representa? Algo de lo que me ocupe en el libro acerca de la Justicia penal supranacional8.

Y es que los problemas no son iguales para todos (y las soluciones tampoco) , no hemos logrado construir una "sociedad ética cimentada en los derechos humanos (que) es aquella en la que a todas las personas se les garantiza un modo de vida decente y digno y oportunidades para su realización personal, pero en la que también están garantizadas la libertad de expresión, de asociación política, de culto, etc."9. De ahí que, George sostiene que la globalización es directamente contraria a los derechos humanos, ya que ha aumentado las desigualdades.

George alude a la obra clásica de John Rawls, "Teoría de la justicia" para afirmar la sociedad imaginada debe ser aquella que suponga "el mayor beneficio para los menos favorecidos". Al respecto hay que apuntar que Rawls parte de la concepción de una sociedad "bien ordenada" en donde la justicia como equidad es una noción pública. "Lo que significa encontrar unos principios defendibles por un conjunto de seres racionales en una situación de igualdad inicial"10. El propio Rawls en su obra "Sobre las libertades" corrige su teoría inicial e insiste en que el esquema de las libertades básicas es viable "en condiciones razonablemente favorables", "dentro de un marco constitucional operativo" lo cual si ocurre en su país11. Lo que habría que preguntarse es si América Latina comparte esas condiciones razonablemente favorables y ese sustrato operativo que presupone Rawls. Page 4 Pues, en mi opinión, ahí es donde se encuentra la debilidad de traspolar este tipo de concepciones a regiones con mayor inequidad económica y social12.

Los derechos humanos son herramientas que otorgan poder y seguridad a las personas. Deberían ser operacionalizados en forma tal que significaran estándares mínimos sobre el trato correcto que han de recibir las personas. Pero como esto no es así, es por lo que surgen movimientos de resistencia a la globalización, en este sentido, hay que ser cautos, pues como señala Girardi, "es preciso distinguir netamente, en el proceso de unificación del mundo que se denomina "globalización", el aspecto tecnológico y el aspecto político y económico. Este proceso es el producto de dos motores: el progreso tecnológico y la unificación de los mercados"13. Al referirse al movimiento de oposición al neoliberalismo global, Girardi, afirma que las alternativas de Seattle, como después las de Porto Alegre y Génova, "no cuestiona la unificación del mundo posibilitada por el progreso tecnológico, sino la dominación del capital financiero transnacional sobre este proceso; cuestiona, particularmente, la versión neoliberal de la Ley de la libre competencia, que institucionaliza el derecho del más fuerte" 14. De ahí que, hablar de posiciones pro y contra globalización resulta cada vez más complicado, lo que no significa desconocer la existencia irreversible del mundo global.

2. La política criminal en el escenario global

Uno de los problemas fundamentales de la sociedad global es el de la seguridad en ámbitos y escenarios diversos como la seguridad nacional, la guerra contra el...

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