Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. Acuerdo G/26/2018. Se fija la Jurisprudencia N° VIII-J-SS-71

Páginas252-254
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
ACUERDOS 252
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/26/2018
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VIII-J-SS-71
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75
y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo y 17, fracción I, de la Ley Orgánica del Tribu-
nal Federal de Justicia Administrativa, al haberse resuelto
en el mismo sentido los juicios contencioso administrativos
1635/16-17-14-3/2509/16-PL-08-04, por unanimidad de 11
votos a favor; 3578/16-17-05-1/ 22/17-PL-01-04, por unani-
midad de 11 votos a favor; y 1676/16-17-10-9/2655/16-PL-
10-04, por unanimidad de 11 votos a favor, se ja la juris-
prudencia N° VIII-J-SS-71, bajo el siguiente rubro y texto:
RENTA. SUPUESTO EN EL QUE NO SE ACTUA-
LIZA LA EXENCIÓN PREVISTA EN LA FRAC-
CIÓN XXVI DEL ARTÍCULO 109 DEL IMPUESTO
RELATIVO, CON MOTIVO DE LA ENAJENACIÓN
DE LAS ACCIONES DE UNA EMPRESA (LEGIS-
LACIÓN VIGENTE EN 2013).- La citada fracción
prevé como excepción para acceder a la exención
de pago de impuesto sobre la renta, la enajenación
de acciones por un grupo de personas que detente
el 10% o más de las acciones representativas del
capital social de la sociedad emisora; dicha medida
fue implementada por el legislador para evitar el uso
abusivo de la exención en comento por parte de los
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