Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. Acuerdo G/17/2018. Se fija la Jurisprudencia N° VIII-J-SS-58

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JURISDICCIONALES 239
REVISTA NÚM. 25, AGOSTO 2018
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/17/2018
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VIII-J-SS-58
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos
77 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo y 17, fracción II, de la Ley Orgánica del Tri-
bunal Federal de Justicia Administrativa, al haberse re-
suelto la contradicción de sentencias 1196/15-21-01-4/
YOTROS2/918/17-PL-09-01, el 25 de abril de 2018, por
unanimidad de 10 votos a favor, se ja la jurisprudencia
VIII-J-SS-58, bajo el siguiente rubro y texto:
ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA. NO ES NECE-
SARIA LA CITA DE LA FRACCIÓN VII DEL ARTÍCU-
LO 42 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
PARA QUE SE TENGA POR DEBIDAMENTE FUN-
DADA.- El artículo 42 del Código Fiscal de la Fede-
ración, otorga a las autoridades scales diversas fa-
cultades a n de comprobar que los contribuyentes,
los responsables solidarios o los terceros con ellos
relacionados han cumplido con las disposiciones s-
cales y aduaneras y, en su caso, determinar las con-
tribuciones omitidas o los créditos scales, así como
para comprobar la comisión de delitos scales y para
proporcionar información a otras autoridades scales,
mismas que se podrán ejercer de manera conjunta,
indistinta o sucesivamente. En ese sentido, cuando se
emita una orden de visita domiciliaria, de conformidad

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