Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. Acuerdo G/23/2017. Se fija la Jurisprudencia N° VIII-J-SS-48

Páginas351-352
ACUERDO 351
REVISTA NÚM. 17, DICIEMBRE 2017
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/23/2017
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VIII-J-SS-48
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75
y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo y 17, fracción I, de la Ley Orgánica del Tribunal
Federal de Justicia Administrativa, al haberse resuelto en
el mismo sentido los juicios contencioso administrativos
11676/07-17-08-7/223/10-PL-07-04, por mayoría de 10 votos
a favor y 1 voto con los puntos resolutivos; 25316/13-17-03-
4/573/15-PL-06-04, por unanimidad de 11 votos a favor; y
21341/16-17-13-9/AC1/1570/17-PL-02-04, por unanimidad
de 10 votos a favor, se ja la jurisprudencia N° VIII-J-SS-48,
bajo el siguiente rubro y texto:
PRUEBA PERICIAL EN MATERIA CONTABLE. NO
ES IDÓNEA PARA DEMOSTRAR EL ALCANCE DEL
TEXTO DE LA LEY.- Lo anterior obedece a la naturale-
za de las pruebas periciales, pues éstas deben versar
sobre cuestiones eminentemente técnicas. En el caso
de una prueba pericial contable, esta debe referirse a
la técnica que sistemática y estructuralmente produce
información cuantitativa expresada en unidades mone-
tarias, sobre las situaciones económicas identicables y
cuanticables que realiza una entidad, lo cual se logra a
través de un proceso de captación de las operaciones
que midan, clasiquen, registren y resuman con clari-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR