Plazos que vencen para cumplir determinadas obligaciones fiscales, en febrero de 2014

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A fin de que los contribuyentes cumplan de manera oportuna con las diversas disposiciones fiscales, a continuación se enlistan algunas que deberán presentarse durante febrero de este año:

Vencimiento del plazo Obligación por cumplir Fundamento
CFF
28 de febrero Plazo para que las personas físicas que optaron por seguir generando y emitiendo comprobantes fiscales digitales (CFD), presenten en la página del SAT, www.sat.gob.mx , la información relativa a las operaciones realizadas con dichos comprobantes en enero de 2014, a fin de cumplir con lo establecido en la regla II.2.6.2.3 de la RMF para 2013. Reglas II.2.6.2.2, fracción III, y II.2.6.2.3 de la RMF para 2013, y artículo cuadragésimo cuarto transitorio de la RMF para 2014.
Ley del ISR
10 de febrero Plazo para que las personas físicas que hubieran enajenado acciones en enero de 2014, y que opten por dictaminar esta operación por contador público registrado, a fin de que el adquirente efectúe una retención menor al 20% del total de la operación, presenten el aviso respectivo ante la auto-ridad correspondiente a su domicilio fiscal. Artículo 204, fracción I, del Reglamento de la Ley del ISR.
15 de febrero Plazo para que las personas morales con fines no lucrativos presenten en las oficinas autorizadas declaración en la que determinen el remanente distribuible y la proporción que de este concepto le corresponda a cada integrante, por el ejercicio 2013. Artículos 101, fracción III, de la Ley del ISR abrogada el 1o. de enero de 2014, y noveno, fracción II, de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR vigente a partir del 1o. de enero de 2014.
15 de febrero Fecha límite para que las personas morales con fines no lucrativos proporcionen a cada uno de sus integrantes constancias en la que señalen el monto del remanente distribuible que les corresponda, por el ejercicio de 2013. Artículos 101, fracción IV, de la Ley del ISR abrogada el 1o. de enero de 2014, y noveno, fracción II, de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR vigente a partir del 1o. de enero de 2014.
15 de febrero Plazo para que las sociedades de inversión en instrumentos de deuda y las sociedades de inversión de renta variable, a que se refieren los artículos 103 y 104 de la Ley del ISR abrogada el 1o. de enero de 2014, proporcionen a sus integrantes o accionistas, así como a los intermediarios financieros que llevan custodia y administración de las inversiones, constancia en la que se manifieste la información que se indica en el artículo señalado en el fundamento, correspondiente al ejercicio de 2013.
Esta información será proporcionada mediante los operadores, administradores o distribuidores, según el caso, de dichas sociedades de inversión.
Artículo 105, primer párrafo, de la Ley del ISR abrogada el 1o. de enero de 2014, y noveno, fracción II, de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR vigente a partir del 1o. de enero de 2014.

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Vencimiento del plazo Obligación por cumplir Fundamento
15 de febrero Fecha límite para que los empleadores proporcionen constancia del monto total de los viáticos pagados en el ejercicio de 2013, por los que se hayan considerado ingresos no sujetos al pago de ISR, a cada una de las personas que les hubieran prestado servicios personales subordinados. Artículos 118, fracción VII, de la Ley del ISR abrogada el 1o. de enero de 2014, y noveno, fracción II, de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR vigente a partir del 1o. de enero de 2014.
15 de febrero Ultimo día para que las sociedades que componen el sistema financiero y los organismos públicos federales y estatales, que hayan percibido intereses derivados de créditos hipotecarios, proporcionen al SAT la información relacionada que se indica en el fundamento referido. Artículos 227, último párrafo, del Reglamento de la Ley del ISR, y noveno, fracción II, de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR vigente a partir del 1o. de enero de 2014.
15 de febrero Ultimo día para que las agrupaciones ganaderas proporcionen a la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, la información de
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