Plazos que vencen para cumplir determinadas obligaciones fiscales, en mayo de 2018
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A fin de que los contribuyentes cumplan de manera oportuna con las diversas disposiciones fiscales, a continuación se enlistan algunas que deberán presentarse durante mayo de este año:
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Nota
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De acuerdo con el artículo 5.1 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013, se permite ampliar este plazo de uno a cinco días hábiles, dependiendo del sexto dígito numérico de la clave del RFC de la persona de que se trate, con base en lo siguiente:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC | Fecha límite de pago |
1 y 2 | Día 17 más un día hábil. |
3 y 4 | Día 17 más dos días hábiles. |
5 y 6 | Día 17 más tres días hábiles. |
7 y 8 | Día 17 más cuatro días hábiles. |
9 y 0 | Día 17 más cinco días hábiles. |
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Esta facilidad no aplica para los contribuyentes siguientes:
a) Aquellos que se ubiquen en alguno de los supuestos que precisa el artículo 32-A del CFF, que opten por dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado en los términos del artículo 52 del mismo código, así como los contribuyentes a que se refiere el artículo 32-H de dicho ordenamiento.
b) Los sujetos y las entidades a que se refiere el artículo 20, apartado B, fracciones I, II, III y IV, del Reglamento Interior del SAT (actual artículo 28).
c) La Federación y las entidades federativas.
d) Los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal mayoritaria de la Federación.
e) Los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal mayoritaria de las entidades federativas, así como los fondos o fideicomisos que en los términos de sus respectivas legislaciones tengan el carácter de entidades paraestatales, excepto los de los municipios.
f) Los...
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