Plazos que vencen para cumplir determinadas obligaciones fiscales, en marzo de 2017

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A fin de que los contribuyentes cumplan de manera oportuna con las diversas disposiciones fiscales, a continuación se enlistan algunas que deberán presentarse durante marzo de este año:

Vencimiento del plazo Obligación por cumplir Fundamento
CFF
31 de marzo. Fecha límite para que las personas morales o el asociante de la asociación en participación, residentes en México, presenten ante las oficinas autorizadas que correspondan a su domicilio fiscal, una relación de los socios, accionistas o asociados, residentes en el extranjero, en la que se indique su domicilio, residencia fiscal y número de identificación fiscal, para no estar obligados a solicitar la inscripción en el RFC de dichos residentes en el extranjero. Artículo 27, cuarto párrafo, del CFF.
Ley del ISR
10 de marzo. Plazo para que las personas físicas que hubieran enajenado acciones en febrero de 2017, y que opten por dictaminar esta operación por contador público registrado, a fin de que el adquirente efectúe una retención menor al 20% del total de la operación, presenten el aviso respectivo ante la autoridad correspondiente a su domicilio fiscal. Artículo 215, fracción I, del Reglamento de la Ley del ISR.
17 de marzo. Plazo para informar sobre las contraprestaciones o los donativos recibidos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto hubiera sido superior a $100,000 en febrero de 2017.
Esta información debe presentarse en el programa electrónico "Declaración informativa por contraprestaciones o donativos recibidos superiores a $100,000 pesos", mediante la página del SAT ( www.sat.gob.mx ), ya que así lo señala la ficha "1/ISR Declaración informativa de operaciones superiores a $100,000", del anexo 1-A de la RMF para 2017.
Artículos 76, fracción XV, 82, fracción VII, 110, fracción VII, y 118, fracción V, de la Ley del ISR, y 112 de su reglamento.

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Vencimiento del plazo Obligación por cumplir Fundamento
22 de marzo. Fecha para que las sociedades que pertenezcan a un grupo, y que hubieran solicitado autorización para diferir el pago del ISR derivado de la ganancia en la enajenación de acciones dentro del mismo grupo, como consecuencia de una reestructuración, presenten anualmente ante la autoridad competente la documentación comprobatoria que ampare que las acciones objeto de la autorización no han salido del grupo de sociedades. Artículo 161, ante-penúltimo párrafo, de la Ley del ISR.
31 de marzo. Fecha límite para que las personas morales del régimen general de ley presenten la declaración del ejercicio de 2016 en la que se determine el resultado fiscal del ejercicio o la utilidad gravable del mismo y el monto del impuesto correspondiente, ante las oficinas autorizadas.
Se deberá presentar en el programa de declaraciones anuales personas morales que está disponible en la página de Internet del SAT.
Artículo 76, fracción V, de la Ley del ISR.
31 de marzo. Ultimo día para que las personas morales que tributen en el régimen general o en el de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras (aquellas cuyos integrantes no sólo sean personas físicas), reúnan la documentación comprobatoria de las deducciones autorizadas del ejercicio de 2016 que incluya los requisitos que señalan las disposiciones fiscales.1 Artículos 27, fracción XVIII, y 74, séptimo párrafo, de la Ley del ISR.
31 de marzo. Fecha límite para que las personas morales que hayan tributado en el régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras de la
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