¿Qué plazo tiene un patrón para presentar el escrito de desacuerdo a fin de manifestar la inconformidad por la rectificación de la prima de riesgos de trabajo?

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¿Qué plazo tiene un patrón
para presentar el escrito de
desacuerdo a fin de manifestar
la inconformidad por la rectifi-
cación de la prima de riesgos
de trabajo?
Laboro como gerente de recur-
sos humanos en una empresa
que se dedica a la construc-
ción. En días pasados, el IMSS
notificó a la empresa la rectifi-
cación en la prima de riesgos
de trabajo aplicable del 1o. de
marzo de 2020 al 28 de febrero
de 2021; sin embargo, al analizar
la siniestralidad de la empresa
se considera que dicha rectifica-
ción no coincide con el cálculo
presentado en la declaración
de la prima de riesgos de 2019.
Tengo entendido que el patrón
tiene la posibilidad de interponer
un escrito de desacuerdo; sin
embargo, desconozco cuál es el
plazo para su presentación ante
el instituto.
Lector de Cuernavaca, Morelos
Dentro de los 15 días hábiles
siguientes a la fecha en que surta
efectos la notificación de la rectifica-
ción de la prima, de acuerdo con lo
siguiente:
El artículo 41 del Racerf dispone lo
siguiente (énfasis añadido):
41. El patrón podrá presentar
el escrito a que se refiere la
fracción IV del artículo 33 de
este Reglamento, respecto de
la resolución que rectifique su
clasificación, su prima o bien
determine esta última, dentro
de los quince días hábiles
siguientes a la fecha en que
surta efectos la notificación
respectiva, siempre y cuando
no haya interpuesto algún medio
de defensa contra la menciona-
da resolución.
Según se observa, el patrón podrá
presentar el escrito de desacuerdo
respecto de la resolución que rectifi-
que su clasificación, su prima o bien
determine esta última dentro de los
15 días hábiles siguientes a la fecha
en que surta efectos la notificación
respectiva.
En este sentido, el artículo 135 del
CFF indica que las notificaciones
surtirán sus efectos al día hábil si-
guiente en que fueron hechas.
Por tanto, en el caso que nos ocupa,
el patrón podrá presentar el escrito
de desacuerdo para manifestar la
inconformidad por la rectificación de
la prima de riesgos de trabajo dentro
de los 15 días hábiles siguientes a la
fecha en que surta efectos la noti-
ficación de la rectificación corres-
pondiente, siempre que no haya
interpuesto algún medio de defensa
contra la resolución.
¿Qué plazo tiene un patrón para
presentar el escrito de desacuerdo
a fin de manifestar la inconformidad
por la rectificación de la prima de
riesgos de trabajo?
Consultas de
nuestros lectores
SEGURIDAD
SOCIAL
C18
2a. quincena
marzo 2020

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