¿En qué plazo deben registrarse las obras de construcción ante el IMSS, y qué formato debe utilizarse para cumplir con esta obligación?

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Soy gerente en una empresa dedicada a la venta de autos. Hace algunos días los socios de la compañía decidieron remodelar las instalaciones de la empresa, por lo que se contratará a trabajadores de la construcción para realizar los trabajos. Solicitamos un nuevo registro patronal para dar de alta a los trabajadores; sin embargo, aún no hemos dado de alta la obra ante el IMSS.

Lector de México, DF

Pregunta

¿En qué plazo deben registrarse las obras de construcción ante el IMSS, y qué formato debe utilizarse para cumplir con esta obligación?

Respuesta

Las obras de construcción deben registrarse ante el IMSS dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de inicio de los trabajos, en términos del artículo 12, primer párrafo, del Reglamento del Seguro Social obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado (RTC), como sigue:

12. El patrón deberá registrar ante el instituto en la Subdelegación correspondiente a la ubicación de la obra, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de inicio de los trabajos, el tipo de obra, su ubicación, trabajos a realizar y/o fase de la construcción. Para ello, se deberán utilizar los formatos que al efecto autorice el instituto y se entregará en dispositivo magnético la siguiente documentación: presupuesto de obra, análisis de precios unitarios, la explosión de insumos y las estimaciones preliminares de los componentes de mano de obra; así como, de proceder, el contrato y los planos arquitectónicos de la obra; las autorizaciones, licencias o permisos de construcción, cualquiera que sea el nombre con que se les designe, expedidos por las autoridades federales, estatales o municipales competentes.

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Conforme al artículo 12 citado el registro de la obra deberá realizarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de inicio de los trabajos mediante los formatos autorizados por el instituto. Al respecto, en...

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