¿En qué plazo se debe dar aviso al IMSS de los riesgos de trabajo ocurridos dentro del centro laboral?

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¿En qué plazo se debe dar
aviso al IMSS de los riesgos
de trabajo ocurridos dentro del
centro laboral?
Laboro como auxiliar de recur-
sos humanos en una empresa
que se dedica a la venta e insta-
lación de autopartes. Reciente-
mente, uno de los trabajadores
tuvo un accidente de trabajo.
Debido a que la lesión que sufrió
requería atención médica inme-
diata, se trasladó al trabajador a
un hospital particular, en el cual
todavía permanece hospitaliza-
do; por este motivo, no hemos
podido asistir a la clínica del
IMSS a notificar el riesgo, y ya
han transcurrido varios días de
que ocurrió el accidente. Ignoro
si hay un plazo para dar aviso al
instituto del riesgo.
Lector de Celaya, Guanajuato
el cual, cuando un trabajador sufra
un accidente en su centro laboral, el
patrón deberá dar aviso por escrito
al instituto en un plazo no mayor
de 24 horas después de ocurrido el
evento.
Por tanto, en el caso que nos ocupa,
el aviso al instituto del riesgo de
trabajo se deberá hacer lo antes
posible, ya que transcurrió el plazo
legal y, en este supuesto, el pa-
trón podría hacerse acreedor de la
sanción que establecen los artículos
304-A, fracción XII, y 304-B, fracción
IV, de la LSS, la cual podría ser de
20 a 350 veces la unidad de medida
y actualización (UMA).
No obstante, si el aviso se presenta
antes de que lo requiera el instituto
no se aplicará la multa, pues de
acuerdo con el artículo 304-C de la
LSS, no se impondrá multa cuando
se cumplan de forma espontánea las
obligaciones patronales fuera de los
plazos señalados por la LSS.
En un plazo no mayor de 24 horas
después de ocurrido el evento; lo
anterior, en términos del artículo 22,
segundo párrafo, del RPM, según
¿En qué plazo se debe dar aviso al
IMSS de los riesgos de trabajo ocu-
rridos dentro del centro laboral?
Consultas de
nuestros lectores
SEGURIDAD
SOCIAL
C22
1a. quincena
abril 2019

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