Las personas físicas del régimen de las actividades empresariales y profesionales pueden optar por tributar en el RIF si reúnen los requisitos de ley. Tesis de Tribunal Colegiado

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Las personas físicas del régimen de las actividades
empresariales y profesionales pueden optar por
tributar en el RIF si reúnen los requisitos de ley.
Tesis de Tribunal Colegiado
De acuerdo con el artículo 111 de la Ley del ISR, las personas físicas que reúnan los requisitos siguientes podrán
optar por pagar el Impuesto en el régimen de incorporación fiscal (RIF):
Tesis selectas FISCAL
A51
1a. quincena
septiembre 2017

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