Personas físicas del régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras

AutorJosé Pérez Chávez/Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)/Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas329-349

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PERSONAS FISICAS DEL REGIMEN DE ACTIVIDADES AGRICOLAS, GANADERAS, SILVICOLAS Y PESQUERAS

˚1. Ingresos exentos y reducción del ISR a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas

De acuer do con el ar tícu lo 74 de la Ley del ISR, las per so nas fí si cas no pa ga rán el ISR por losingresosprovenientesdelarealizacióndeactividadesagrícolas,ganaderas,silvícolaso pes que ras has ta por un mon to, en el ejer ci cio:

1. De 40 ve ces el va lor anual de la UMA.

2. Laspersonasfísicasque sedediquenexclusivamente arealizaractividadesagrícolas, ganaderas,silvícolasopesqueras,cuyosingresosenelejercicioexcedan de40veces el va lor anual de la UMA, pe ro sean in fe rio res de 423 ve ces el va lor anual de la UMA, les se rá apli ca ble la exen ción a que se re fie re el nu me ral an te rior; por el ex ce den te, se pagará elISR, reduciéndoseelISRdelejercicio determinado, enun40%.

3. Laspersonasfísicasque sedediquenexclusivamente arealizaractividadesagrícolas, ganaderas,silvícolasopesqueras,cuyosingresosenelejerciciorebasenlosmontos señaladosenelnumeralanterior,lesseráaplicablelaexenciónmencionadaenelnumero 1 an te rior; por el ex ce den te, se pa ga rá el ISR y se rá apli ca ble la re duc ción del ISR a que se re fie re el nu mero an te rior has ta por los mon tos en él es ta ble ci dos.

En re la ción con es te te ma, se re co mien da a nues tros lec to res con sul tar el tex to de las re glas
3.8.3 y 3.8.4 de la Re so lu ción Mis ce lá nea Fis cal.

Por su par te, el ar tícu lo 105 del Re gla men to de la Ley del ISR men cio na que tam bién se po -dráaplicarlareduccióndelimpuesto,enlospagosprovisionalescorrespondientes.

Paraunamayorcomprensióndeloanterior,sepresentanloscasosprácticossiguientes:

CASO 1

Determinacióndelautilidadgravable delejerciciode2017,deunapersonafísicaque tributaenelrégimendeactividadesagrícolas,ganaderas,silvícolasypesqueras.

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Beneficiosfiscales

• Lapersonafísicarealizaexclusivamente actividadesagrícolas.

• Va lor anual de la UMA: $27,538.80.

DATOS

q Ingresosacumulables efectivamentepercibidos
en el ejer ci cio de 2017 $1’137,152

q Deduccionesefectivamenteerogadasenel ejerciciode2017 $500,560

q Ingre sos exen tos (27,538.80 x 40 UMA’s) $1’101,552

q Ingre sos gra va dos ($1’137,152 – $1’101,552) $35,600

q Proporciónquerepresentan losingresosgravados

respectodelosingresosacumulables($35,600÷$1’137,152) 0.0313

q Deduccionesautorizadasefectivamenteerogadas
en el ejer ci cio de 2017 ($500,560 x 0.0313) $15,668

q PTU pa ga da en el ejer ci cio de 2017, ge ne ra da en
el ejer ci cio de 2016 $4,000

q Pérdidasfiscalespendientesdeamortizarde
ejerciciosanteriores,actualizadas $0

DESARROLLO

1o. Determinacióndelautilidadgravable delejercicio.

Ingresosacumulables efectivamentepercibidos
en el ejer ci cio $1’137,152

(–) Ingresosexentos 1’101,552

(=) Ingresos gravados 35,600

(–) Deduccionesautorizadas,efectivamente erogadasenelejercicio 15,668

(=) Utilidadfiscal 19,932

(–) PTU pa ga da en el ejer ci cio de 2017, ge ne ra da
en el ejer ci cio de 2016 4,000

(–) Pérdidasfiscalespendientesdeamortizar
deejerciciosanteriores,actualizadas 0

(=) Utilidadgravable delejercicio $15,932

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COMENTARIOS

Este es el pro ce di mien to que de be rán se guir las per so nas fí si cas que tri bu tan en el ré -gimendeactividadesagrícolas,ganaderas,silvícolasypesquerasparadeterminarla utilidadgravable delejercicio;lapersonafísicasededicaexclusivamente arealizar ac ti vi da des agrí co las, ra zón por la cual, es tá exen ta del pa go del ISR por los in gre sos queobtenga,derivadosporesasactividadeshastaporunmonto,enelejercicio,de 40 ve ces el va lor anual de la UMA; en es te ca so, la de duc ción de sus gas tos e in ver -sionesdebeefectuarseenproporciónalosingresosgravados.

De bi do a que los in gre sos de la per so na fí si ca ($1’137,152) ex ce die ron de 40 ve ces el va -lor anual de la UMA ($27,538.80 x 40 UMA’s = $1’101,552), pe ro no de 423 ve ces el va -los anual de la UMA ($27,538.80 x 423 UMA’s = $11’648,912), tie ne de re cho a la re duc ción del 40% del ISR del ejer ci cio.

Laspersonasfísicasque sedediquenexclusivamente arealizar actividadesagrícolas, ganaderas,silvícolasopesqueras,cuyosingresosenelejerciciorebasenlosmontosseñaladosenelpárrafo anterior,lesseráaplicablelaexenciónmencionadaenelprimer pá rra fo de los co men ta rios; por el ex ce den te, se pa ga rá el ISR y se rá apli ca ble la re duc -ción del ISR a que se re fie re el pá rra fo an te rior has ta por los mon tos en él es ta ble ci dos.

CASO 2

Unapersonafísicadedicadaexclusivamentealaganadería,quetributaenelrégimende actividadesagrícolas,ganaderas,silvícolasypesqueras,deseadeterminarlareduccióndel ISR a su car go del ejer ci cio de 2017.

DATOS

q ISRdeterminadoporlapersonafísicaen
el ejer ci cio de 2017 $54,900

q Porcientodereduccióndelimpuesto 40%

DESARROLLO

1o. De ter mi na ción del im por te de la re duc ción del ISR del ejer ci cio de 2017.

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Beneficiosfiscales

ISRdeterminadoporlapersonafísicaen
el ejer ci cio de 2017 $54,900

(x) Porcientodereduccióndelimpuesto 40%

(=) Impor te de la re duc ción del ISR del ejerciciode2017 $21,960

2o. De ter mi na ción del ISR a car go de la per so na fí si ca en el ejer ci cio de 2017.

ISRdeterminadoporlapersonafísicaen
el ejer ci cio de 2017 $54,900

(–) Impor te de la re duc ción del ISR del ejerciciode2017 21,960

(=) ISR a car go de la per so na fí si ca en el ejerciciode2017 $32,940

COMENTARIOS

Se mues tra el pro ce di mien to pa ra lle var a ca bo la re duc ción del ISR del ejer ci cio pa -ralaspersonasfísicasdelrégimendeactividadesagrícolas,ganaderas,silvícolasy pesquerasquesedediquenexclusivamentearealizaresasactividades.

˚2. Facilidades administrativas otorgadas por el SAT
La frac ción XXIII del ar tícu lo no ve no de las DTLISR2014 es ta ble ce que el SAT, me dian te reglasdecaráctergeneral,podráotorgarfacilidadesadministrativasydecomprobaciónparaelcumplimientodeobligaciones fiscalesdeloscontribuyentesdelrégimendelasactividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras. Las facilidades administrativas en materiadecomprobacióndeerogaciones porconceptodemanodeobradetrabajadores eventualesdelcampo,alimentacióndeganadoygastosmenoresnopodránexceder del 10% de sus in gre sos pro pios con un lí mi te de $800,000.

EstasfacilidadessecontienenenlaResolucióndeFacilidadesAdministrativasalossectores decontribuyentesqueacontinuaciónsemencionan:

1. Sectorprimario(agricultura,ganadería,pescaysilvicultura).

2. Sectordeautotransporte terrestredecargafederal.

3. Sectordeautotransporteterrestreforáneo depasajeyturismo.

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4. Sectordeautotransporteterrestredecarga dematerialesyautotransporteterrestrede pasajerosurbanoysuburbano.

Entrelasfacilidadesmásimportantesotorgadasmediante lacitadaresolución,mismasque sonaplicablesaloscontribuyentes delrégimendelasactividadesagrícolas,ganaderas,silvícolasopesqueras,destacanlassiguientes:

1. Facilidadesdecomprobación(regla1.2).

Loscontribuyentesdedicadosalasactividadesagrícolas,silvícolas,ganaderasodepesca, podrándeducircondocumentacióncomprobatoriaquealmenos reúnalosrequisitosfisca les que más ade lan te se in di can, la su ma de las ero ga cio nes que rea li cen por con cep to demanodeobradetrabajadoreseventualesdelcampo,alimentacióndeganadoygastos me no res, se gún co rres pon da, has ta por el 10% del to tal de los in gre sos pro pios, sin ex ce -der de $800,000 du ran te el ejer ci cio, pe ro siem pre que se cum pla con lo si guien te:

a) Que el gas to ha ya si do efec ti va men te ero ga do en el ejer ci cio de que se tra te y es té vinculadoconlaactividad.

b) Quesehayaregistradoencontabilidadporconceptoyenformaacumulativaduranteelejercicio.

c) Que los gas tos se com prue ben con do cu men ta ción que con ten ga al me nos la in for -maciónsiguiente:

• Nombre,denominaciónorazónsocialydomicilio,delenajenantedelosbienes o del pres ta dor de los ser vi cios.

• Lugaryfechadeexpedición.

• Cantidadyclasedemercancíasodescripcióndelservicio.

• Valorunitarioconsignadoennúmeroeimporte totalconsignadoennúmerooletra.

Cuandolasumadelaserogacionesexcedadel10%,dichaserogacionessereducirán,manteniendolamismaestructuraporcentualdecadaunadeellas.

Ahorabien,paradeterminarelmontodelosgastosmenoressujetosalafacilidad decomprobaciónquenosocupa,sedeberáconsiderarlaproporciónqueestos gas tos re pre sen ten en el ejer ci cio de que se tra te, res pec to de la su ma del to tal de laserogaciones porconceptodemanodeobradetrabajadoreseventualesdel campo,alimentacióndeganadoygastosmenores,delmismoejercicio,siempre que es ta pro por ción no sea ma yor a la que se de ter mi ne pa ra el ejer ci cio in me dia to an te rior. En el ca so de que la pro por ción del ejer ci cio de que se tra te re sul te ma yor, deberáconsiderarselaproporcióndelejercicioinmediatoanterior.

Almontodegastosmenoresdeterminado,seleaplicaráelfactorqueresultede res tar a la uni dad, la pro por ción me nor a que se re fie re el pá rra fo an te rior. El re sul -tadoobtenidoseráelmontodelosgastosmenoresdeducibles.

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Beneficiosfiscales

El mon to de la de duc ción que se de ter mi ne con for me a lo an te rior, en el ejer ci cio de que se tra te, se de be rá dis mi nuir del mon to que se ob ten ga de res tar, al to tal de losingresosacumulablesobtenidosenelejercicio,lasdeduccionesautorizadas con for me a la Ley del ISR por las que no se apli can las fa ci li da des a que se re fie re la ResolucióndeFacilidadesAdministrativasyhastaporelmontodedichosingresos.

Cuan do las de duc cio nes au to ri za das con for me a la Ley del ISR por las que no se apli can las fa ci li da des a que se re fie re la ci ta da reso lu ción, sean ma yo res a los in...

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