Personas físicas. Adquisición de bienes

AutorJavier Martínez Gutiérrez
Páginas107-109
CASOS PRACTICOS DEDUCCIONES AUTORIZADAS 107
CAPITULO V
PERSONAS FISICAS.
ADQUISICION DE BIENES
5.1 Donación
ARTICULO 130 LISR. Se consideran ingresos por adquisición
de bienes:
I. La donación.
5.2 Deducciones Aplicables
ARTICULO 131 LISR. Las personas físicas que obtengan ingre-
sos por adquisición de bienes, podrán efectuar, para el cálculo del
impuesto anual, las siguientes deducciones:
I. Las contribuciones locales y federales, con excepción del im-
puesto sobre la renta, así como los gastos notariales efectuados
con motivo de la adquisición.
II. Los demás gastos efectuados con motivo de juicios en los que
se reconozca el derecho a adquirir.
III. Los pagos efectuados con motivo del avalúo.
I V. Las comisiones y mediaciones pagadas por el adquirente.
5.3 Pago Provisional por Donación
ARTICULO 132 LISR. Los contribuyentes que obtengan ingre-
sos de los señalados en este Capítulo, cubrirán, como pago provi-
sional a cuenta del impuesto anual, el monto que resulte de aplicar
la tasa del 20% sobre el ingreso percibido, sin deducción alguna.
El pago provisional se hará mediante declaración que presentarán
ante las oficinas autorizadas dentro de los 15 días siguientes a la
obtención del ingreso. Tratándose del supuesto a que se refiere la

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