¿Una persona moral del régimen general que presentó aviso para ejercer la opción de aplicar en 2017 el régimen de flujo de efectivo, debe enviar mensualmente la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT)?

Páginas76-78

Page 77

Trabajo como contador independiente. Uno de mis clientes es una persona moral del régimen general de ley que se constituye únicamente por personas físicas y que en 2016 sus ingresos no rebasaron $5’000,000; en enero pasado, presentó aviso para determinar el ISR mediante el régimen de flujo de efectivo. Tengo duda si esa persona está obligada a enviar mensualmente la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT).

Lector de Ciudad de México

¿Una persona moral del régimen general que presentó aviso para ejercer la opción de aplicar en 2017 el régimen de flujo de efectivo, debe enviar mensualmente la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT)?

En ciertos casos, no, por lo siguiente:

El artículo 32, fracción VIII, de la Ley del IVA establece lo siguiente:

32. Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VIII. Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el impuesto al valor agregado, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información. Tratándose de operaciones de subcontratación laboral, el contratista deberá informar al citado órgano administrativo desconcentrado la cantidad del impuesto al valor agregado que le trasladó en forma específica a cada uno de sus clientes, así como el que pagó en la declaración mensual respectiva.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Por su parte, el artículo 196 de la Ley del ISR, incluido en el capítulo VIII, "De la opción de acumulación de ingresos por personas morales" (régimen de flujo de efectivo), del título VII, "De los estímulos fiscales", estipula lo siguiente (énfasis añadido):

196. Las personas morales que se encuentren constituidas únicamente por personas físicas, y que tributen en los términos del Título II de esta Ley,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR