¿Una persona física que realiza actividades empresariales debe gravar en el ISR la enajenación de mobiliario que no usaba en sus actividades?

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Me desempeño como contador independiente. Uno de mis clientes es una persona física que se dedica a la compraventa de enseres domésticos y que tributa en el ISR en el régimen de las actividades empresariales y profesionales. En días pasados, dicha persona enajenó mobiliario que estaba a su nombre pero que utilizaba en su casa para uso personal. En relación con esta venta tengo entendido que si la utilidad obtenida en la misma no excede de tres veces la unidad de medida y actualización elevada al año está exenta del ISR (en este caso así es); sin embargo, leí en un boletín informativo que esta exención no aplica para las personas físicas que obtienen ingresos por actividades empresariales y profesionales. Tengo duda al respecto, ya que el bien que se enajenó no se dedujo para el ISR y no se utilizaba en las operaciones del contribuyente.

Lector de Ecatepec, Edomex

¿Una persona física que realiza actividades empresariales debe gravar en el ISR la enajenación de mobiliario que no usaba en sus actividades?

En nuestra opinión, no, por lo siguiente:

El artículo 93, fracción XIX, inciso b, y segundo párrafo, de la Ley del ISR estipula lo siguiente (énfasis añadido):

93. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XIX. Los derivados de la enajenación de:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

b) Bienes muebles, distintos de las acciones, de las partes sociales, de los títulos valor y de las inversiones del contribuyente, cuando en un año de calendario la diferencia entre el total de las enajenaciones y el costo comprobado de la adquisición de los bienes enajenados, no exceda de tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año. Por la utilidad que exceda se pagará el impuesto en los términos de este Título.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Lo dispuesto en las fracciones XIX inciso b), XX, XXI, XXIII inciso c) y XXV de este artículo, no será aplicable tratándose de ingresos por las actividades empresariales o...

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