¿Una persona física con ingresos por el arrendamiento de inmuebles puede aplicar para el pago provisional del ISR de diciembre de 2019 la deducción opcional por un inmueble, y para otros, aplicar las deducciones autorizadas?

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A su vez, el artículo 10 del Regla-
mento de la Ley del IVA establece lo
siguiente:
10. Para efectos de los artículos
2o.-A, fracción I, inciso h) y 25,
fracción VII de la Ley, se consi-
dera que el 80% de oro, incluye
a los materiales con los que se
procesa la conformación de ese
metal, siempre y cuando dichos
bienes tengan una calidad míni-
ma de 10 quilates.
De acuerdo con lo anterior, por la
enajenación de piezas de arte y
ornamentales de oro cuyo conteni-
do mínimo de este material sea de
80%, se debe pagar el IVA a la tasa
de 0%; en este caso, están exentas
del impuesto las importaciones de
dichos bienes cuya enajenación en
territorio nacional sea de los señala-
dos en el artículo 2o.-A de la Ley del
IVA, es decir, de bienes gravados en
este impuesto a la tasa de 0%.
Por consiguiente, no debe pagar-
se IVA por la importación de una
escultura de oro cuyo contenido
mínimo de este material sea de 80%,
pues su enajenación en el país está
gravada a la tasa de 0% en dicho
impuesto.
¿Una persona física con ingre-
sos por el arrendamiento de
inmuebles puede aplicar para
el pago provisional del ISR de
diciembre de 2019 la deduc-
ción opcional por un inmueble,
y para otros, aplicar las deduc-
ciones autorizadas?
Soy contador independiente.
Uno de mis clientes es una
persona física que obtiene
ingresos por el arrendamiento
de inmuebles. Hasta noviembre
pasado sólo rentaba un edificio
de oficinas a una empresa, pero
a partir de diciembre comenzó a
rentar otros dos inmuebles a di-
ferentes personas. Por el primer
inmueble se aplicó la deducción
opcional de 35% de los ingre-
sos para determinar los pagos
provisionales del ISR de enero a
noviembre de 2019; sin embar-
go, en relación con los otros
inmuebles se tienen importantes
cantidades de gastos de mante-
nimiento efectuados, por lo que
conviene aplicar esos gastos y
no la deducción opcional para
la declaración de pago provisio-
nal de diciembre de 2019. No
obstante, un colega me comentó
que esto no es posible; tengo
duda al respecto.
Lector de Puerto Vallarta, Jalisco
se refiere este Capítulo, podrán
efectuar las siguientes deduccio-
nes:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
II. Los gastos de mantenimiento
que no impliquen adiciones o
mejoras al bien de que se trate
y por consumo de agua, siempre
que no los paguen quienes usen
o gocen del inmueble.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Los contribuyentes que otor-
guen el uso o goce temporal
de bienes inmuebles podrán
optar por deducir el 35% de los
ingresos a que se refiere este
Capítulo, en substitución de las
deducciones a que este artícu-
lo se refiere. Quienes ejercen
esta opción podrán deducir,
además, el monto de las eroga-
ciones por concepto del impues-
to predial de dichos inmuebles
correspondiente al año de calen-
dario o al periodo durante el cual
se obtuvieron los ingresos en el
ejercicio según corresponda.
Por su parte, el artículo 196 del Re-
glamento de la Ley del ISR indica lo
siguiente (énfasis añadido):
196. Los contribuyentes que
opten por efectuar la deducción
a que se refiere el artículo 115,
párrafo segundo de la Ley, lo
deberán hacer por todos los
inmuebles por los que otorguen
el uso o goce temporal, incluso
por aquellos en los que tengan el
carácter de copropietarios, a más
tardar en la fecha en la que se pre-
sente la primera declaración provi-
sional que corresponda al año de
calendario de que se trate, y una
vez ejercida no podrá variarse
en los pagos provisionales de
dicho año, pudiendo cambiarse
¿Una persona física con ingresos
por el arrendamiento de inmuebles
puede aplicar para el pago provisio-
nal del ISR de diciembre de 2019 la
deducción opcional por un inmue-
ble, y para otros, aplicar las deduc-
ciones autorizadas?
No, por lo siguiente:
El artículo 115 de la Ley del ISR dis-
pone lo siguiente (énfasis añadido):
115. Las personas que obtengan
ingresos por los conceptos a que
FISCAL Consultas de nuestros lectores
A70
2a. quincena
enero 2020

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