¿Los patrones se pueden considerar deudores solidarios de los créditos Infonacot concedidos a los trabajadores?

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Laboro como auxiliar administrativo en una comercializadora de lácteos y derivados. En nuestra empresa varios trabajadores tienen créditos Infonacot; sin embargo, hay un trabajador que solicitó un permiso sin goce de sueldo para ausentarse por 60 días debido a problemas familiares, en este lapso de tiempo el patrón cubrirá sus cuotas obrero patronales y aportaciones al Infonavit, pero no se cubrirán los pagos al Infonacot debido a que no habrá salarios. Deseo saber si el patrón puede ser considerado como en deudor solidario de los créditos Infonacot de los trabajadores.

Lector de Tlalnepantla, Edomex

Pregunta

¿Los patrones se pueden considerar deudores solidarios de los créditos Infonacot concedidos a los trabajadores?

Respuesta

No, ya que el artículo 132, fracción XXVI, dispone lo siguiente (énfasis añadido):

132. Son obligaciones de los patrones:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

XXVI. Hacer las deducciones previstas en las fracciones IV del artículo 97 y VII del artículo 110, y enterar los descuentos a la institución bancaria acreedora, o en su caso, al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. Esta obligación no convierte al patrón en deudor solidario del crédito que...

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