¿Qué procedimiento aplica para realizar el pago de cuotas obrero-patronales de los trabajadores que prestan servicios a varios patrones y cuya suma de salarios rebasa el tope de cotización establecido en la LSS?

Páginas19-20

Page 19

Sin embargo, en días pasados, al determinar las cuotas obrero-patronales por el trabajador me percaté que la suma de los salarios que percibe por ambos trabajos rebasa el límite de cotización de 25 SMG en el DF que establece el artículo 28 de la LSS, por lo que no me queda claro cómo se realiza el pago de cuotas obrero-patronales, pues recuerdo que en alguna ocasión un colega me dijo que en estos casos el pago de cuotas se puede realizar de manera proporcional; sin embargo, desconozco si esto es verdad.

Pregunta

¿Qué procedimiento aplica para realizar el pago de cuotas obreropatronales de los trabajadores que prestan servicios a varios patrones y cuya suma de salarios rebasa el tope de cotización establecido en la LSS?

Page 20

Respuesta

El artículo 33, segundo párrafo, de la LSS, establece lo siguiente (énfasis añadido):

33 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Cuando la suma de los salarios que percibe un trabajador llegue o sobrepase el límite superior establecido en el artículo 28
de esta Ley, a"petición"de"los" patrones, éstos cubrirán los aportes del salario máximo de cotización, pagando entre ellos la parte proporcional que resulte entre el salario que cubre individualmente y la suma total de los salarios que percibe el trabajador.

Como se observa, cuando la suma de los salarios que perciba el trabajador que presta servicios a varios patrones rebase el límite de cotización que establece el artículo 28 de la LSS, a solicitud de cualquiera de éstos el IMSS autorizará que cubran la parte proporcional de las cuotas que les corresponda; dicha proporción se calculará de acuerdo con el procedimiento que precisa el artículo 49 del Racerf, a saber:

1. Se dividirá el tope de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR