Pasivo a corto plazo

AutorCarmen Karina Tapia Iturriaga
Páginas167-183
167
8.1 Pasivo a corto plazo
La NIF C-9, se implementará a partir del 1º de enero de 2018, permitiendo su aplicación
anticipada a partir del 1° de enero de 2016, siempre y cuando se haga en conjunto con la
aplicación de la NIF C-19, Instrumentos financieros por pagar.
Las provisiones que se mencionan a continuación no se tratan en esta NIF, sino en las si-
guientes normas:
a) Impuestos a la utilidad, en la NIF D-4, Impuestos a la utilidad.
b) Beneficios a los empleados, en la NIF D-3, Beneficios a los empleados.
c) Obligaciones por retiro de ciertos activos, en la NIF C-18, Obligaciones asociadas con el
retiro de propiedades, planta y equipo.
d) Contratos de construcción, en la NIF D-7, Contratos de construcción y de fabricación de
ciertos bienes de capital.
e) Contraprestaciones contingentes de una adquirente en una adquisición de negocios,
en la NIF B-7, Adquisiciones de negocios.
En algunos casos no queda claro si existe o no una obligación presente. En tal caso, la enti-
dad procederá a determinar la existencia de la obligación, teniendo en cuenta toda la evi-
dencia posible, a partir de:
El suceso futuro puede ocurrir; por consiguiente, la
ocurrencia del evento es más que remota y menos
que probable.
Existe certeza razonable de que el suceso futuro
ocurrirá (es más que posible que ocurra a que no
ocurra); esto, con base en información, pruebas,
evidencias o datos disponibles.
No existen indicios o evidencias sucientes que
permitan armar que ocurrirá el suceso futuro.
Posible
Probable
Remoto
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Contabilidad financiera a corto plazo
Diferencia entre provisiones y otros pasivos
Las provisiones se distinguen del resto de los pasivos por la existencia de incertidumbre
acerca del momento o de la cuantía de los desembolsos futuros necesarios para proceder a
su liquidación. En contraste, los siguientes pasivos normalmente están claramente definidos:
Instrumentos financieros por pagar, originados por financiamiento recibido;
Proveedores, que son cuentas por pagar por bienes o
servicios que han sido suministrados a, o recibidos por,
la entidad como resultado de un acuerdo formal con la
contraparte.
Otras cuentas por pagar, que son pasivos normal-
mente originados por disposiciones legales, tales
como los impuestos retenidos por pagar, así como
los impuestos, derechos y aprovechamientos a
cargo de la entidad, distintos a los impuestos a la utili-
dad, cuyo monto y fecha de pago están definidos por ley,
y otras partidas similares. No obstante, existen algu-
nas otras cuentas por pagar que se originan por con-
tratos, tales como los cobros por cuenta de terceros
por reembolsar.
Diferencia entre provisiones y pasivos contingentes
En general, todas las provisiones tienen cierto carácter contingente, dado que existe incer-
tidumbre sobre el importe a pagar y/o sobre el momento de su liquidación. Consecuente-
mente, la denominación “contingente” se utiliza para designar a las partidas que no cum-
plen con los criterios necesarios para su reconocimiento en los estados financieros.
La NIF C-9 distingue entre:
a) provisiones – obligaciones que deben reconocerse en los estados financieros
como pasivos (considerando que su cuantía haya podido ser estimada de forma con-
fiable) porque representan obligaciones presentes y es probable que, para satisfacer-
las, la entidad tenga que desprenderse de recursos económicos.

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