De la Participación de los Institutos Seguridad Social en Beneficio de los Trabajadores

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas50-51

Acciones del IMSS para coadyuvar en el funcionamiento del SAR

ARTÍCULO 73

Para el correcto funcionamiento de los Sistemas de Ahorro para el Retiro en beneficio de los Trabajadores, el IMSS realizará las siguientes acciones:

I. Proporcionar de manera continua a las Empresas Operadoras, la información relacionada con los Trabajadores para que éstos puedan registrarse o ser asignados en las Administradoras y retirar los recursos de su Cuenta Individual;

II. Entregar a las Empresas Operadoras, la información relativa a las cuotas y aportaciones obrero patronales, contenida en las cédulas de determinación que dicho Instituto emita a los patrones;

III. Recibir e incluir en las cédulas de determinación, la información que le remita el INFONAVIT para tal efecto;

IV. Realizar de conformidad con la Ley del Seguro Social y sus reglamentos, y con base en la información que le proporcione la Comisión o las Empresas Operadoras, acciones tendientes a que los patrones formulen las aclaraciones relativas a las cuotas y aportaciones que enteren y que no puedan ser individualizadas. Atal efecto, el IMSS informará a la Comisión o a las Empresas Operadoras las acciones realizadas;

V. Emitiropinión respecto de las operaciones y procesos en los que el Manual de Procedimientos Transaccionales prevea su participación;

VI. Celebrar convenios con el INFONAVIT a efecto de determinar las comisiones máximas que podrán cobrar las Entidades Receptoras por la recaudación de las cuotas y aportaciones de los Trabajadores; y

VII. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.

Acciones del Infonavit para coadyuvar en el funcionamiento del SAR

ARTÍCULO 74

Para el correcto funcionamiento de los Sistemas de Ahorro para el Retiro en beneficio de los Trabajadores, el INFONAVIT realizará las siguientes acciones:

I. Proporcionar de manera continua a las Empresas Operadoras, la información relativa a sus afiliados para que éstos puedan registrarse o ser asignados en las Administradoras;

II. Proporcionar de manera continua a las Empresas Operadoras y al IMSS, la información sobre los Trabajadores a los que les haya sido otorgado o cancelado un crédito de vivienda;

III. Realizar de conformidad con la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus reglamentos, y con base en la información que le proporcione la Comisión o las Empresas Operadoras, acciones tendientes a que los patrones formulen las aclaraciones relativas a las Aportaciones al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR