El panorama normativo de la investigación en el ser humano antes de la ley de 1988

AutorPhilippe Amiel
Páginas155-185
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VI. EL PANORAMA NORMATIVO DE LA INVESTIGACIÓN
EN EL SER HUMANO ANTES DE LA LEY DE 1988
E F, el contexto penal determinó la re exión jurí dica sobre esta for-
ma particular del acto médico que es el acto de la investigación biológica o
médica. Por lo que es preciso recordar, primero, el régimen jurídico general del
acto médico y, en segundo término, el trasfondo penal que lo constituye. So-
bre esta base podré detallar mejor los avances obtenidos más o menos al mis-
mo tiempo por los actores participantes antes de la iniciativa parlamentaria de
1988 sobre la investigación biológica y médica.
E     
   
El acto médico recae bajo el peso de la ley penal que castiga los daños contra
la vida o el cuerpo de otro, pero el permiso de la ley neutraliza el castigo de
esos perjuicios.
El acto médico sometido a la ley penal
Reconocida por el derecho romano,1 la responsabilidad médica, que fue obje-
to de un reconocimiento constante en el Antiguo Régimen, se consolidó por
la jurisprudencia en el siglo .2 En 1835, durante el fallo de  ouret-Noroy,3
1 La ley romana reconoce la responsabilidad médica y emite sanciones graves. La lex aquilia (en realidad un
plebiscito sobre la propuesta de un tribuno llamado Aquilius), De damno iniuria dato, permite comprometer la
responsabilidad del médico frente al propietario del esclavo y la hace merecedora de una reparación pecuniaria.
Véase Gaius, Institutes, trad. de J. Reinach, Les Belles Lettres, París, 1965, III, §§ 215-217; A. Leca, “Un siècle de
droit médical en France (1902-2002): de la lutte contre les épidémies aux droits des patients”, Victoria University
of Wellington Law Review, 35 (2): 207-237, 2004, especialmente p. 210. Para los hombres libres, la sanción del
homicidio médico fue planteado por la ley Cornelia de sicariis et bene ciis, propuesta por Sila en el año 81,
quien reprimió primero el envenenamiento, luego el aborto y la castración con pena de muerte, véase D. B.
Kaufman, “Poisons and Poisoning among the Romans”, Classical Philology, 27 (2): 156-167, 1932.
2 B. Py, Recherches sur les justi cations pénales de l’activité médicale, tesis de derecho privado, Université
Nancy II-Nancy, 1993, p. 20; A. Leca, loc. cit.
3 Sala del Tribunal Supremo (Sala de Requerimientos del Tribunal de Casación), 18 de junio de 1835, S 1835,
1, 401 (“decreto  ouret-Noroy”); Revue Médicale Française et Étrangère, Journal des Progrès de la Médecine
156 EL CASO FRANCÉS
el Tribunal Supremo rechazó un recurso que demandaba la reforma de una
decisión del Tribunal de Apelación de Ruan, la cual condenaba a un médico
con base en los artículos 1382 y 1383 del código civil. Con esos artículos, que
no habían sufrido ningún cambio desde el código de 1804, se inicia el capítu-
lo del código civil dedicado a los delitos y cuasidelitos; corresponden al fun-
damento del derecho de reparación civil: “Cualquier acto del hombre que
cause daño a otro, lo obliga, a causa de esta falta, a repararla” (art. 1382). “Cada
quien es responsable del daño que cause no solamente por sus actos, sino in-
cluso por su negligencia o por su imprudencia” (art. 1383). La decisión de la
corte tuvo un impacto importante; de ello resultó un proceso contencioso re-
levante, no solamente civil, sino incluso penal.
En 1880 Hû examinó si los errores médicos caían bajo el peso de la ley
penal y llegó a la siguiente conclusión: “La a rmativa no nos parece dudosa.
Los artículos que se citarán serán comúnmente los artículos 319 y 320 del có-
digo penal. Ahora bien, esos artículos abarcan en la generalidad de sus térmi-
nos tanto a los hombres dedicados al arte de la medicina como a cualquier
otro individuo que cause accidentalmente lesiones.4
En caso de accidente los actos incriminados son sancionables no sólo por
lo civil, sino por lo penal; es decir, que se hayan cometido por error, “torpeza,
imprudencia, descuido, negligencia o incumplimiento de los reglamentos”,
retomando los términos del artículo 319 del antiguo código penal, que san-
ciona el homicidio involuntario, el cual se impuso de manera bastante lógica.
Pero para el penalista el acto médico no sólo atenta objetivamente contra
la integridad corporal del otro; también atenta contra él conscientemente, es
decir, voluntariamente; poco importa el móvil altruista5 y poco importa el
consentimiento del enfermo.6 El acto médico reúne, por tanto, los componen-
Hippocratique, 3: 133-152, 1835. El alegato del abogado y las conclusiones del procurador general  jaron clara-
mente el debate entre los defensores de una total inmunidad del médico como profesional (deslindado de la
eventual responsabilidad del hombre) y la posición jurídica que postula que “no se podría proclamar, en tal
caso, la irresponsabilidad del hombre del arte de la medicina sin poner en peligro al resto de la sociedad”.
4 E. Hû, Étude historique et juridique sur la responsabilité du médec in, tesis de derecho privado, París, 1881, p. 141.
5 D.  ouvenin, “De la quali cation de l’acte thérapeutique à son contrôle”, Recueil Dalloz (33), 1991, p. 223;
L. Mélennec, Traité de droit médical, vol. III, Maloine, París, 1984, p. 11; M. Véron, Droit pénal spécial, 3ª ed.,
Masson, París, 1988, p. 115; B. Py, op. cit., p. 25. En 1859 el juicio del tribunal de Lyon caracteriza el acto volun-
tario que se le inculpa al médico experimentador al indicar que basta con “que haya actuado con conocimiento
de causa y con la intención de satisfacer, bajo el riesgo de perjudicar, ya sea su interés de renombre o una pasión
puramente cientí ca y desinteresada”.
6 En el derecho penal francés la autorización de la víctima es inoperante para volver lícito el perjuicio: Tribu-
nal Supremo (Cámaras reunidas) del 15 de diciembre de 1837 (S. 1938, pp. 5 y ss., “decreto Pesson” sobre la nu-
lidad de los convenios entre duelistas); Sala de Casación Penal, 1º de julio de 1937 (caso de los “esterilizados
[con consentimiento] de Bordeaux”), etc. Véase F. Alt-Maes, “L’apport de la loi du 20 décembre 1988 à la théorie

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