Pagos provisionales

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas129-137

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Concepto

Son los pagos mensuales que deben realizar las personas morales del régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, a cuenta del impuesto del ejercicio, por cuenta propia y por cada uno de sus integrantes personas físicas y morales.

El entero de los pagos provisionales deberán efectuarlo a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago, mediante declaración que deberán presentar ante las oficinas autorizadas.

Determinación

1. Fórmulas para su obtención

1 o. Para la determinación del pago provisional de las personas morales que tributan en el régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras o el de las personas morales integrantes de aquellas.

Ingresos totales de la persona moral o del integrante persona moral (según corresponda), efectivamente cobrados desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponda el pago

(-) Ingresos exentos, en su caso

(=) Ingresos acumulables (gravados)

(-) Deducciones autorizadas de la persona moral o del integrante persona moral (según corresponda), efectivamente erogadas en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponda el pago

(-) PTU generada en el ejercicio de 2014, pagada en el ejercicio de 2015

(-) Pérdidas fiscales actualizadas de la persona moral o de su integrante persona moral (según corresponda), de ejercicios anteriores pendientes de amortizar

(=) Base para el pago provisional

(x) Tasa del 30%

(=) Impuesto del periodo

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(-) Reducción del 30%, en su caso

(=) Impuesto del periodo reducido, en su caso

(-) Pagos provisionales por cuenta propia o de su integrante persona moral del mismo ejercicio, efectuados con anterioridad

(-) Retenciones por cobro de intereses según el artículo 54, LISR, por cuenta propia o de su integrante persona moral, efectuadas en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponda el pago

(=) Pago provisional del periodo por enterar (cuando el resultado sea positivo)

2. Para la determinación del pago provisional de las personas físicas integrantes de personas morales que tributan en el régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.

Ingresos totales efectivamente cobrados desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponda el pago

(-) Ingresos exentos, en su caso

(=) Ingresos acumulables (gravados)

(-) Deducciones autorizadas efectivamente erogadas en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponda el pago

(-) PTU generada en el ejercicio de 2014, pagada en el ejercicio de 2015

(-) Pérdidas fiscales actualizadas de ejercicios anteriores pendientes de amortizar

(=) Base para el pago provisional

(/) Aplicación de la tarifa del artículo 96 de la LISR, elevada al periodo al que corresponda el pago provisional

(=) Impuesto a cargo

(-) Reducción del 40%, en su caso

(=) Impuesto a cargo reducido, en su caso

(-) Pagos provisionales del mismo ejercicio efectuados con anterioridad

(-) Retenciones por cobro de intereses según el artículo 135, LISR, efectuadas en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponda el pago

(=) Pago provisional del periodo por enterar (cuando el resultado sea positivo)

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2. Ejemplo de su determinación

1, Para determinar el pago provisional de las personas morales que tributan en el régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, así como de las personas morales integrantes de aquellas.

Ingresos totales de la persona moral o de su integrante persona moral (según corresponda), efectivamente cobrados desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponda el pago 20,000

(-) Ingresos exentos 0

(=) Ingresos acumulables (gravados) 20,000

(-) Deducciones autorizadas de la persona moral o de su integrante persona moral (según corresponda), efectivamente erogadas en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponda el pago 8,200

(-) PTU generada en el ejercicio de 2014, pagada en el ejercicio de 2015 0

(-) Pérdidas fiscales actualizadas de la persona moral o de su integrante persona moral (según corresponda), de ejercicios anteriores pendientes de amortizar 0

(=) Base para el pago provisional 11,800

(x) Tasa 30%

(=) Impuesto del periodo 3,540

(-) Reducción del 30%, en su caso 0

(=) Impuesto del periodo reducido, en su caso 3,540

(-) Pagos provisionales por cuenta propia o de su integrante persona moral del mismo ejercicio efectuados con anterioridad 0

(-) Retenciones por cobro de intereses según el artículo 54, LISR, por cuenta propia o de su integrante persona moral, efectuadas en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponda el pago 130

(=) Pago provisional del mes a enterar 3,410

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2. Para determinar el pago provisional de las personas físicas integrantes de personas morales que tributan en el régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.

Ingresos totales efectivamente cobrados desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponda el pago 16,000

(-) Ingresos exentos 0

(=) Ingresos acumulables (gravados) 16,000

(-) Deducciones autorizadas efectivamente erogadas en el periodo...

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