Pago de sueldos en efectivo

AutorJavier Martínez Guitiérrez
Páginas222-222

Page 222

En el nuevo artículo 27 fracción III de la Ley de ISR vigente a partir de 2014 se contempla la situación que los pagos de sueldos y salarios que excedan $ 2,000 se tendrán que llevar a cabo con cheque nominativo para abono en cuenta del beneficiario, transferencia bancaria, con tarjeta de crédito o débito, lo cual es un requisito para llevar a cabo la deducción correspondiente. Por lo anterior se presenta la siguiente regla de resolución miscelánea:

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