¿Pagó PTU en 2019? No olvide disminuirla en sus pagos provisionales del ISR. Personas morales del régimen general. Marco teórico

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¿Pagó PTU en 2019?
No olvide disminuirla
en sus pagos
provisionales del ISR.
Personas morales del
régimen general
Marco teórico
Introducción
La fracción IX del apartado “A” del artículo 123 de la
CPEUM dispone en forma imperativa que los trabajado-
res tienen derecho a la PTU.
De acuerdo con el artículo 122 de la LFT, el reparto de
utilidades entre los trabajadores se efectuará dentro de
los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse
el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción
de aquéllos.
En virtud de que en mayo o a más tardar el 1o. de ju-
nio, los patrones personas morales hicieron partícipes
a los trabajadores de las utilidades generadas durante
el ejercicio de 2018, comentamos los lineamientos para
que la PTU pagada en 2019 pueda disminuirse de los
pagos provisionales del ISR correspondientes de mayo
a diciembre de este año.
Disminución de la PTU pagada en el ejercicio
Según el artículo 16, rubro A, fracción VIII, de la LIF para
2019, tienen derecho a un estímulo fiscal los contribu-
Taller de prácticas FISCAL
A21
1a. quincena
junio 2019
MÁS DEL TEMA
Participación de los trabajadores en
las utilidades (PTU). Procedimiento
para su determinación y pago. Aspec-
tos fiscales
Taller de prácticas, sección
Fiscal – edición 871
Taller fiscal 873- 2a parte.indd 21 20/05/19 14:17

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