Outsourcing, implicaciones fiscales

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El objetivo primordial de las empresas prestadoras de servicios externos (outsourcing) es hacer más eficiente la operación de sus clientes; de esta manera, cada día es más frecuente la contratación de estos servicios, pues las empresas que desarrollan diversas actividades a través de un outsourcing pretenden que sus directivos, ejecutivos y gerentes se liberen de la supervisión de las áreas operativas y empleen más tiempo en el alcance de las metas estratégicas establecidas por la dirección general.

En este sentido, una correcta instrumentación del outsourcing puede permitir a las organizaciones obtener beneficios tanto económicos como productivos al desprenderse de actividades que no necesariamente agregan valor a la actividad principal que realizan.

Sin embargo, las empresas que utilizan o desean utilizar un outsourcing también deben considerar diversos aspectos, entre ellos, los de carácter fiscal, a fin de verificar si es óptimo contratar estos servicios.

Entre los diferentes aspectos fiscales que se deben considerar se encuentran los siguientes:

1. Deducción de los servicios tanto en el ISR como en el IETU.

2. Liberación de las obligaciones contenidas en la Ley del ISR relativas al pago de sueldos y salarios en las áreas donde se utiliza el outsourcing.

3. Pago del IVA por los servicios contratados.

En este taller se analizarán los efectos fiscales de la contratación de un outsourcing para las personas morales del régimen general de la Ley del ISR, pues estas empresas son las que en su mayoría utilizan dicho servicio.

Deducción de los servicios

El artículo 29, fracción III, de la Ley del ISR estipula que las personas morales del régimen general podrán efectuar, entre otros, los gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.

Por lo anterior, estos contribuyentes podrán deducir los servicios que paguen por la contratación de un outsourcing, pues constituyen un gasto para las empresas; al respecto, es importante considerar los diversos requisitos que señala el artículo 31 de la Ley del ISR para que dicha deducción se realice de manera correcta; entre otros, estos gastos deben reunir los siguientes:

1. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente.

2. Estar amparados con documentación que reúna los requisitos de las...

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