Determinación de la base del impuesto en el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes
Autor | E. Campero Guerrero; J. Pérez Chavez; R. Fol Olguin |
DATOS
Importe de la contraprestación pactada por el uso o goce temporal del bien 12,000
Impuestos 150
Derechos 750
Gastos de mantenimiento 500
Construcciones 100
Reembolsos 50
Intereses 120
Penas convencionales 1 5
FORMULA
1o. Para determinar la base del impuesto según el artículo 23 de la LIVA.
Importe de la contraprestación pactada por el uso o goce temporal del bien
(+) Impuestos
(+) Derechos
(+) Gastos de mantenimiento
(+) Construcciones
(+) Reembolsos
(+) Intereses
(+) Penas convencionales
(+) Cualquier otro concepto que se cobre a quien usa o goza el bien
(=) Base del impuesto según el art. 23 de la LIVA
SUSTITUCION
1o. Determinación de la base del impuesto según el artículo 23 de la LIVA.
Importe de la contraprestación pactada por el uso o goce temporal del bien 12,000
(+) Impuestos 150
(+) Derechos 750
(+) Gastos de mantenimiento 500
(+) Construcciones 100
(+) Reembolsos 50
(+) Intereses 120
(+) Penas convencionales 15
(=) Base del impuesto según el art. 23 de la LIVA 13,685
COMENTARIOS
La base del impuesto se obtiene de sumar, al monto de la contraprestación pactada por el otorgamiento del uso o goce temporal del bien, cualquier cantidad que se cargue o cobre a la persona que usa o disfruta del mismo, entre las que quedan incluidas los impuestos (excepto IVA y retenciones), derechos, gastos de mantenimiento, construcciones, reembolsos, intereses normales o moratorios, penas convencionales, entre otros.
REFERENCIA
Art. 23.
DATOS
Actividad a la que está destinado el inmueble Habitacional y comercial
Metros totales de la construcción 200 m2
Metros utilizados como habitación 100 m2
Metro utilizados para fines comerciales 100 m2
Importe de la contraprestación pactada por el uso o goce temporal del bien 12,000
Impuestos 150
Derechos 750
Gastos de mantenimiento 500
Construcciones 100
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